lunes, 6 de diciembre de 2010

La extraña huelga. Por Gabriel Albiac

La convocatoria de elecciones es ahora legalmente imposible. Para eso sirvió también la extraña huelga.

«RAYO que fulmina antes de que el trueno pueda ser escuchado», el Estado debe —según Gabriel Naudé— golpear siempre en el silencio y en la sombra. El rayo fulminó anteayer a los controladores aéreos. Sin que, al parecer, percibiesen ronronear sobre ellos tormenta alguna. Los controladores aéreos son, en España, la cabeza de turco perfecta. Sólo a su terca necedad cabe atribuir la completa ausencia de cálculo de los riesgos que ponerse en tal papel de chivo expiatorio acarrea. Y que cabe en un axioma de Carl Schmitt: el eficaz funcionamiento del poder se asienta sobre la acertada construcción de un enemigo, acerca de cuya definición «decide sólo el Estado como unidad política organizada». Contra la amenaza de ese enemigo, se puede fácilmente soldar a todos aquellos que se reconocen en la normalidad que los enfrenta a aquel que, con indiferencia de sus reales vicios o cualidades, dispara el automatismo de nuestra colectiva alarma, de nuestro recelo o de nuestra antipatía.

Puede que ninguna otra profesión resulte, en España, más antipática que la de controlador aéreo. Sus miembros se lo han ganado a pulso. Con la aquiescencia de gobiernos que jamás abordaron la tarea de abaratar el mercado, acabando con el control gremial del acceso al oficio. Convertidos así en casi una casta, poco pueden reprochar a otra más poderosa —la de los políticos— que haga uso sacrificial de ellos, ahora, para lavar parte de sus propias culpas ante un electorado furibundo.


La cronología de este fin de semana tiene valor didáctico: el viernes aprueba el Gobierno medidas que rompen los acuerdos a los que hace meses llegó con los controladores; esa misma tarde comienza la huelga; a la mañana siguiente, con el cielo español ya bloqueado, el Presidente toma la decisión —prevista en la Constitución, artículo 116.2, y la Ley Orgánica 4/1981, artículo 4— de implantar el Estado de Alarma. Lo asienta sobre dos de sus supuestos (4c y 4a): «paralización de servicios públicos esenciales», más «catástrofes, calamidades o desgracias públicas», ya que el apartado 4c no puede ser aplicado sin la concurrencia «de alguna de las demás circunstancias o situaciones» que contemplan los otros tres apartados del artículo. Cabe cierta duda en cuanto a comparar el caos de viajeros con los ejemplos de «catástrofe, calamidad o desgracia» que enuncia la ley, «tales como terremotos, inundaciones, incendios forestales o accidentes de gran magnitud». Pero supongamos que sea homologable; se trata, al fin, de términos lo bastante polisémicos.

En lo que no hay polisemia ni puerta abierta a la interpretación es en lo que para el «Estado de Alarma» dicta el artículo 116.5 de la Constitución: "No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo ». Lo cual, tras la declaración de continuidad que —en ausencia del inexplicadamente desaparecido Presidente Rodríguez Zapatero— realizó el domingo por la tarde Pérez Rubalcaba, despeja, al menos, una incógnita: la convocatoria de elecciones anticipadas es ahora legalmente imposible. No haya alarma. Para eso sirvió también la extraña huelga. Rayo que fulminó. Sin trueno.


ABC - Opinión

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