sábado, 30 de octubre de 2010

Sentencia. Hay que devolver el canon pagado por nada. Por Víctor Domingo

La dejadez del Gobierno en el cumplimiento de sus obligaciones ha supuesto un cuantiosísimo perjuicio económico tanto para las arcas públicas como para los consumidores.

El Gobierno se equivocó gravemente al confiar en las afirmaciones que realizó el presidente de la SGAE en noviembre de 2008: "El canon se paga y ya está, a quien no le guste, que se aguante".

Tras conocerse la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 21 de octubre de 2010, que señala que el sistema recaudatorio del canon digital en España es abusivo por aplicarse en la práctica tanto a personas físicas como a personas jurídicas, se desprende que tres sectores han sido los más afectados por la imposición del pago del canon digital: consumidores, empresas y Administraciones Públicas, y ahora resulta que la mayor parte de lo recaudado era ilegal. Si tenemos en cuenta que el Gobierno nunca llegó a reglamentar las excepciones legales de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), la respuesta parece sencilla: el cuantiosísimo perjuicio causado tanto a las arcas públicas como privadas podría ser sancionable por la mera la inactividad de la Administración.

Es evidente que la dejadez del Gobierno en el cumplimiento de sus obligaciones (reglamentar las excepciones legales del art. 25 de la LPI) ha supuesto un cuantiosísimo perjuicio económico tanto para las arcas públicas como para los consumidores que financian el canon soportado por las empresas en su actividad profesional. Y ahora también es evidente que existe un cobro de lo indebido, que debería ser compensado equitativamente siguiendo la interpretación comunitaria del hecho imponible y del justo equilibrio del daño producido. Las cifras son exorbitadas: se han estado pagando millones de euros a las sociedades gestoras de autor, en concepto de nada y a pesar de las advertencias de la sociedad civil y cuyo destino además se desconoce.


Libertad Digital - Opinión

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