jueves, 21 de mayo de 2009

AMBITOS DE LA JUSTICIA

EL acuerdo del PP y el PSOE va a permitir, si el Gobierno cumple con el mandato del Congreso de los Diputados, reformar la Ley Orgánica del Poder Judicial y limitar la jurisdicción universal de la Audiencia Nacional. La iniciativa fue de los populares y a ella se han sumado los socialistas, tras ver aceptadas algunas de sus enmiendas al texto, conscientes de que, si antaño las aventuras judiciales en el extranjero ponían en un compromiso a los gobiernos del PP, ahora interfieren los intereses diplomáticos y perturban la agenda exterior del ejecutivo de Zapatero. Los sumarios contra los responsables de Guantánamo o los ministros del gobierno chino y el episodio lamentable de los piratas somalíes han obligado al PSOE a reconsiderar su posición tradicionalmente favorable a una jurisdicción universal sin restricciones. La propuesta aprobada, como proposición del debate sobre el estado de la Nación, pide al Gobierno que condicione la competencia de la Audiencia Nacional por delitos en el extranjero a que las víctimas sean españolas o a que los responsables se encuentren en suelo español y, en todo caso, a que no esté en marcha en el Estado donde se cometió el delito una investigación «real y no ficticia». Se trata, en definitiva, de legalizar la doctrina del Tribunal Supremo expuesta en la sentencia del «caso Guatemala» -revocada por el Tribunal Constitucional-, que exigía un interés claro del Estado español para justificar su competencia.

Esta reforma es necesaria y nadie debería cargar sobre ella la responsabilidad de que determinados delitos, por odiosos y graves que sean, queden impunes. Si esto sucede no será porque los tribunales españoles no investiguen, sino por otras muchas circunstancias que España no puede compensar asumiendo una potestad jurisdiccional inviable. El cambio aprobado por PP y PSOE sigue la senda de las legislaciones europeas que condicionan sus competencias a un vínculo nacional con el delito. Lo razonable y eficaz es que la jurisdicción de un Estado se ejerza principalmente conforme a los límites de su soberanía, es decir, sobre su territorio, y sólo excepcionalmente trascienda sus fronteras siempre que exista un interés directo en el caso. Para los demás supuestos, no hay más alternativa que los tribunales internacionales, como la Corte Penal creada en 1998, que sólo funcionará cuando exista una verdadera comunidad de países -formada por Estados de Derecho y democráticos, no por dictaduras, monarquías totalitarias o repúblicas teocéntricas- que compartan los mismos valores y principios, condición que ahora no se cumple.

ABC - Opinión

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