sábado, 23 de mayo de 2009

BATASUNA LO CONSIGUIO

LA sentencia favorable del Tribunal Constitucional a la candidatura de Iniciativa Internacionalista (I.I.) va a obligar a un cambio de planteamiento en la aplicación de la ley de Partidos Políticos. Era obvio que las pruebas contra esta formación de extrema izquierda eran básicamente indicios que, por separado podían tener escasa entidad incriminatoria, pero juntos describían una relación de interés recíproco evidente con la izquierda proetarra. El Tribunal Supremo consideró que estaba suficientemente acreditada la servidumbre constituida por ETA en la candidatura europea de I.I. Sin embargo, el hecho de que en la deliberación interna, cinco de sus 16 magistrados se hubieran manifestado en contra de la anulación de la lista, presagiaba para el auto del Supremo un tránsito difícil por el TC. Así ha sido. El TC ha dictado una sentencia que desmonta todos y cada uno de los indicios avalados por el Supremo, sentando una doctrina que no es episódica, sino que revela claramente la intención de reconducir la aplicación de la ley de Partidos Políticos por cauces mucho más estrictos. Ahora bien, esto no quiere decir que el Supremo hiciera una interpretación laxa de las garantías constitucionales. Lo que ha sucedido es que el TC ha aplicado un filtro mucho más estricto y, al mismo tiempo, ha incorporado a su lenguaje definiciones políticas muy lesivas para los intereses del Estado, como el concepto de «izquierda abertzale» creado por el juez Baltasar Garzón en uno de los autos dictados durante el proceso de paz para lavarle la cara a la negociación política de los socialistas con ETA. Confiemos en que ese rasero de rigor e independencia lo mantenga el TC en todos los asuntos que tiene pendientes, algunos desde hace demasiado tiempo.

Políticamente, el Gobierno, la Fiscalía y la Abogacía del Estado han recibido un serio revés, pero tampoco sería justo atribuirles negligencia en la investigación previa a las demandas o responsabilidad por la presentación de unas defectuosas estrategias procesales. Probablemente han hecho lo mismo que en los anteriores procesos que se han saldado con sentencias a su favor. Por eso no es momento de perder el tiempo con un cruce de acusaciones, sino de asumir que el TC ha cancelado un ciclo político y judicial de la ley de Partidos Políticos -en buena medida como consecuencia del desorden legal y ético provocado por la negociación política con los terroristas- y que, de ahora en adelante, la tarea del Gobierno y el Parlamento será estudiar sus reformas para hacerla más eficaz y disuasoria. Es evidente que la izquierda proetarra se ha adaptado al perfil de la ilegalización para evitarla. Por ejemplo, I.I. ha sabido confundir al TC con una falsa condena a la violencia incluida en su recurso de amparo. No habían pasado ni veinticuatro horas desde que se notificara la sentencia y este partido ya estaba eludiendo la condena del terrorismo y reclamando el voto del entramado batasuno.

Este partido debe quedar bajo la lupa de la ley y, en cuanto haya indicios suficientes, debe ser llevado ante la Sala del 61 para su ilegalización. Además, es necesario reformar la ley de Partidos para que todo cargo que haya sido elegido en la lista de un partido ilegalizado pierda su acta. Lo único que no se debe hacer es abandonar el deber de combatir el terrorismo por todos los medios legítimos.

ABC - Editorial

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