viernes, 19 de enero de 2007

El Tribunal Supremo declara a Jarrai, Haika y Segi organizaciones terroristas

Aunque hacía sólo cuatro días que el Tribunal Supremo prorrogó hasta el 8 de febrero próximo el plazo para pronunciarse sobre el "caso Jarrai", finalmente la Sala Segunda ha fallado que tanto esta organización juvenil como Haika y Segi son organizaciones terroristas.

Se ajusta así a lo que solicitaban la Fiscalía y la AVT y corrige a la Audiencia Nacional, que en 2005 dictaminó que únicamente eran asociaciones ilícitas sin vinculación alguna a ETA. La resolución del Alto Tribunal supone elevar a seis años de cárcel las penas que impuso la Audiencia a veintitrés de los veinticuatro acusados, ya que absuelve a uno de ellos.


El fallo del TS se ha conocido sólo cuatro días después de que el tribunal prorrogara, hasta el próximo 8 de febrero, el plazo para dictar sentencia. Finalmente se ha pronunciado en contra de lo que dictaminó en 2005 la Audiencia Nacional y determina que Jarrai, Haika y Segi son organizaciones terroristas y no meras asociaciones ilícitas.

La Audiencia condenó a 3 años y medio de prisión a 16 integrantes de estas organizaciones "en su condición de dirigentes" y a 2 años y medio de cárcel a otros 8 "miembros activos", absolvió a 4 más y ordenó la disolución de Jarrai, Haika y Segi "en tanto asociaciones ilícitas que son", pero aseguró que no pueden ser consideradas terroristas porque aunque sus actuaciones persigan los mismos fines que ETA "nunca se enmarcaban en la utilización de armas".

En la vista de los recursos, la fiscal de Sala Pilar Fernández Valcarce y el abogado de la AVT, Emilio Murcia, reclamaron al TS que declarara que estas organizaciones son terroristas, mientras que las defensas de los condenados reclamaron la absolución de sus patrocinados.

El Tribunal ha estado integrado por el presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, y los magistrados Francisco Monterde, Joaquín Giménez García, Andrés Martínez Arrieta y Miguel Colmenero. Su resolución supone elevar a seis años de cárcel las penas que impuso la Audiencia a veintitrés, de los veinticuatro acusados, ya que absuelve a uno de ellos. Todos habían quedado en libertad pero, a raíz del fallo del TS, la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya ha dictado las correspondientes órdenes de detención.

La mayoría de los 23 condenados tuvieron que ser excarcelados durante la celebración del juicio en la Audiencia Nacional al haber cumplido los cuatro años máximos de prisión preventiva prevista en el ordenamiento.

Libertad Digital (19/01/07)

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