sábado, 3 de febrero de 2007

Nosotros los ciudadanos

El resultado de las últimas elecciones celebradas en la Comunidad Autónoma de Cataluña ha supuesto la irrupción con letras mayúsculas de los ciudadanos, pues, una candidatura electoral (Ciudadanos por Cataluña), que se autodefine por partido de la ciudadanía, surgida al margen de los partidos políticos tradicionales de dicha región, ha conseguido entrar en el Parlamento de Cataluña, además de la importante abstención y del voto en blanco. Tan sorpresiva ha sido dicha novedad parlamentaria que en las encuestas previas ni siquiera se preguntaba sobre esta opción electoral.

De hecho, en las próximas elecciones municipales y autonómicas del próximo mes de mayo se están montando plataformas electorales ciudadanas en diferentes puntos de la geografía nacional, con una creciente desconfianza ciudadana respecto a los partidos políticos tradicionales y sus endémicos problemas de democracia interna y culto irracional a lo/as dirigentes de los mismos, y aceptación de la realidad existente justificándolo como "lo políticamente posible o correcto". Los ciudadanos necesitamos nuevas y más profundas estructuras de representación y acción política.

Sobre el perfil político y jurídico de la ciudadanía, el profesor Peces-Barba ha publicado que “el ciudadano es la persona que vive en una sociedad abierta y democrática, pues, en las sociedades cerradas y autoritarias viven súbditos”. Proseguía el insigne maestro de juristas manteniendo que “la condición de ciudadano se fortalece con la educación, siendo ésta una responsabilidad central de Estado y de la sociedad”. Desde mi punto de vista, este objetivo y la propia dimensión de concepto de ciudadanía está en evolución y adaptación a los cambios económicos, sociales, medioambientales y culturales de las últimas décadas en el mundo occidental.

En los Estados democráticos actuales la configuración jurídica de los derechos y deberes de los ciudadanos se consagran y definen en las propias Constituciones. En nuestro texto constitucional actual, es en el artículo 9 en el que aparece la primera referencia al concepto que estamos analizando al expresar que “los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”, definiendo entre el artículo 14 y el 38 tanto los derechos y libertades, como los deberes de los ciudadanos españoles. La norma constitucional supone la superación del concepto de súbdito existente en el régimen autoritario anterior. Los ciudadanos son, pues, sujetos de obligaciones y por tanto, responsables, para lo que es imprescindible la educación y la formación.

En el ámbito de la Unión Europea, organización internacional de integración a la que los españoles hemos vinculado nuestro futuro, el inicial derecho de libre circulación de las personas no aparecía ligada a ningún concepto de ciudadanía sino que estaba estrechamente vinculada al desempeño de una actividad económica. La noción de una Ciudadanía Europea, como un elemento esencial de la construcción europea, se introdujo en el derecho comunitario por el Tratado de Maastricht y se ratifica con el Tratado de Ámsterdam. El Proyecto de Constitución para Europa (2004), ahora en crisis institucional y jurídica, en su artículo I-10 establece que “toda persona que tenga nacionalidad de un Estado miembro posee la ciudadanía de la Unión, que se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla”, desglosándose en la segunda parte del precepto el contenido en derechos de esa ciudadanía europea.

En octubre de 2006, la Unión Europea ha aprobado el nuevo programa comunitario “Ciudadano”, que tiene por objeto mejorar la comprensión mutua entre ciudadanos europeos y reforzar el sentimiento de pertenencia a Europa, así como forjar una identidad europea, fomentando la participación y la cooperación ciudadana. Entre las acciones que se llevarán a cabo figura el acercamiento entre los ciudadanos de la UE y la cohesión entre los europeos. También figura entre los objetivos de este nuevo programa fomentar la tolerancia mediante una mejora del conocimiento y la comprensión mutua entre los ciudadanos europeos contribuyendo al diálogo intercultural, en especial mediante la lucha contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia.

Desde mi punto de vista, todas estas iniciativas deben potenciar el papel y el poder de la ciudadanía europea, para construir unas democracias más avanzadas, más tolerantes interna y externamente, con más calidad en el ejercicio de derechos y en el cumplimiento de las obligaciones colectivas.

En definitiva, para que surjan ciudadano/as más activos y comprometidos con la democracia, con las nuevas obligaciones colectivas como sin duda es la defensa del medio ambiente global y con la lucha contra los desequilibrios sociales, económicos y culturales que socavan directamente al sistema democrático. Ahora más que nunca los ciudadanos tenemos la palabra, la responsabilidad y el poder democrático. Ejerzámoslo.
(*) Ángel B. Gómez Puerto es Doctorado en Derecho Público por la Universidad de Córdoba.

Ángel B. Gómez Puerto (
LaRepública.es) (02/02/07)

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