miércoles, 26 de mayo de 2010

Erratas de bulto

Prohibir el nuevo endeudamiento municipal un día y rectificar al siguiente no parece una gran idea

El Gobierno no se cansa de cometer graves errores de gestión. El Boletín Oficial del lunes publicaba un Real Decreto Ley (8/2010) que, en sustancia, prohibía a los Ayuntamientos aumentar su endeudamiento a largo plazo desde el día posterior a la fecha de su publicación hasta el 31 de diciembre de 2011. El texto publicado sembró el terror en los Ayuntamientos españoles, puesto que esa disposición cercenaba cualquier posibilidad de renegociación de su deuda y arruinaba las inversiones de los municipios con planes de gasto plurianual o cofinanciados con otras entidades. Al final, después de un tenso intercambio de opiniones con la Federación de Municipios y Provincias (FEMP) y con algunos alcaldes, el Gobierno cambió ayer el real decreto, por el método peregrino de considerar las fechas como "erratas" y fijar la prohibición de elevar la deuda a partir del 1 de enero de 2011.

Dudas y erratas aparte, el Gobierno pretendía evitar que los Ayuntamientos puedan acrecentar su deuda (y máximo en periodo preelectoral) con el respaldo tácito o la responsabilidad subsidiaria del Estado. Hasta ahora, el endeudamiento autorizado de los municipios estaba condicionado a requisitos estrictos. El Gobierno debía autorizar las peticiones de endeudamiento de los Ayuntamientos que no cumplan las tres grandes condiciones o límites de estabilidad presupuestaria, referidos al ahorro neto sobre la amortización de la deuda, al saldo vivo de la deuda en relación con los ingresos y cuentas municipales próximas al equilibrio. Pero es el caso que muchos Ayuntamientos en situación de equilibrio se endeudan por su cuenta sin que tengan que pasar por el control de Economía. Para ellos, el coste de la financiación se encarece, pero se mantiene el sobrentendido de que la garantía del Estado salvaguardará cualquier impago; en la práctica, el Estado resulta responsable de la deuda visada por Economía y de la que no lo está.

Ahora bien, el Gobierno ha explicado de forma insuficiente las razones de una disposición tan drástica; y ha empeorado la irrupción de la norma con una justificación estrambótica. No hay erratas que valgan, sino premeditación: el Gobierno silenció la disposición en la relación de medidas de ajuste aprobadas por el Consejo de Ministros, y el presidente Rodríguez Zapatero también la hurtó del conocimiento público el domingo en la reunión pública con alcaldes socialistas. Los ayuntamientos necesitan dinero para invertir y prestar servicios; y, de una forma u otra, el Gobierno tendrá que articular fórmulas para subvenir esas necesidades financieras.

La prohibición indiscriminada y sin matices es difícil de defender. Gracias a la torpeza del Real Decreto Ley 8/2010, el Gobierno se ha situado en posición de inferioridad táctica respecto a las corporaciones (a pesar de la desunión entre ellas que quedó ayer clara en la comisión ejecutiva de la FEMP) y tendrá que negociar bajo presión un sistema que permita elevar o no los niveles de deuda en función de los proyectos que se quieren financiar.


El País - Editorial

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