sábado, 30 de mayo de 2009

Un pensamiento frecuente entre el espécimen nacionalista cuatribarrado. Por Yauma

En distintas ocasiones he hecho algún comentario, con cierta mala leche todo hay que decirlo, sobre el poco respeto profesional e intelectual que me merece el diario “Público”. Un sitio sectario, falto de unos mínimos ingredientes de equidad profesional, manipulador tosco y cutre de la realidad política del momento, vocifero de las directrices monclovitas y refugio de la izquierda trasnochada propia de tiempos pretéritos. Sin embargo, a veces entre los caminos más infectos nace una margarita. Y hoy, al repasar el panfleto de los viernes, he tropezado con esa pequeña planta florida, surgiendo entre la montaña de mugre ideológica que cubre casi por completo las sesenta y pico páginas del periódico. La flor cuyo jardinero es un tal R.R. responsable habitual de la sección “Carta con respuesta” . Cultivador la mayoría de veces de hierbas silvestres de dudoso aprovechamiento para alimento intelectual del sufrido caminante, consumidor de prensa escrita, hoy digo, me he llevado una agradable sorpresa, con la respuesta que Rafael Reig da a un cuatribarrado normalizado, ósea el nacionalista medio catalán. Reig, no Roig, nacido en Cangas de Onís, es escritor autor de “Sangre a borbotones” titulo algo tenebroso, en cualquiera de sus posibles interpretaciones noveladas, sin lugar a dudas.


Escribe el lector (Julián J. Lacasa).

“Mi texto será políticamente incorrecto para algunos, pero aplaudo lo que quiere llevar a la práctica el Parlament de Catalunya con la abolición de las corridas de toros. La forma de ser de muchos toreros, incompatible con la manera de ser más civilizada que se requiere inculcar a los hombres de hoy en día, les hace aparecer como algo anacrónico. Además, en Catalunya siempre han sido algo exótico, nunca catalanes del todo, que igual que el “macho ibérico” resultan, al fin y al cabo, ajenas, como es la noche de Halloween. Igual que en las series televisivas catalanas lo taurino apenas existe porque no entra en la manera de ser catalana, los “machos ibéricos” que en las películas del landismo arrasaban, sobre todo con las extranjeras, no ligan mucho entre las catalanas, que aprecian más el modelo Woody Allen, es decir, el hombre sensible, culto y que las trata como a personas, no como si fueran de su propiedad ni inferiores a ellos.”

Respuesta de Rafael Reig.

“Qué va, es de una gran corrección política……para un régimen como el franquismo, pongamos. Sus elucubraciones sobre el Volkgeis catalán las hemos oído infinidad de veces, aunque aplicada a “la mujer española” o “el pueblo español “. El toreo no es sólo que sea malo, es peor todavía: ¡es poco catalán! Sí, como en el franquismo eran poco españoles e bikini, la democracia o el marxismo. Es el espíritu mismo de la raza catalana el que arruga la nariz ante estos extranjeros que intentan corrompernos con minifaldas y libros de Voltaire.

¿Así que la ben plantada prefiere al “hombre sensible y culto” y no a esos charnegos que mastican con la boca abierta? A la española autentica (la de las latas de aceite) le vale con Alfredo Landa; la catalana, mucho más evolucionada racialmente, necesita ¡a Woody Allen! La catalana, cuando besa, es que besa de verdad; no como esas frívolas.

Si la España plural de Zapatero y Suso de Toro es esto, que me “desapunten”, como dicen los niños. Yo no me trago esta ensalada de varios nacionalismos rancios, esencias patrias, superioridad moral y retórica imperial. Menos aún si encima la “desconstruye” Ferrán Adriá”

La figura femenina “ben plantada” es uno de los grandes temas de arte noucentista catalán en todas sus vertientes: pintura, escultura, dibujo, grabado, cerámica, orfebrería…..En 1911 D´Ors escribió “La ben plantada” que representa el ideal femenino del “noucentisme”. La obra se considera un breviario y representa una reacción contra el Modernismo, contra el espíritu libre y anárquico de Joan Maragall. Propone un programa ético-cultural de exaltación del clasicismo y de la tradición.

El compañero ideológico Lacasa , bajo mi modesto punto de vista, tiene toda la razón. Nosotros los patriotas cuatribarrados somos distintos, una raza diferente, de piel clara, tez rubia, ojos azules, guapos por definición………. (¿Si alguien lo duda puede mirar mi fotografía en el blog de yauma). Y lo más importante, nuestra inteligencia está por encima del peninsular medio varios cuerpos, quiero decir que nuestro coeficiente, cociente, intelectual supera dos o tres veces al de cualquier español, seres inferiores a nosotros en aspectos cuantificables y medibles que permiten separar a las personas civilizadas de los homínidos más primarios. Y de homínidos primarios es la fiesta, duelo, de los toros.

La cultura que nos han legado nuestros antepasados cuatribarrados , y la que vamos creando día a día, está muy alejada de la cultura moro-castellana que impregna todo lo español. Sabino Arana, hace muchos años, ya tuvo la intuición privilegiada para calificar a los españoles como una raza inferior. En honor de tal acierto El Gran Honorable le dedicó una bonita calle en el centro de Barcelona, junto a la avenida Diagonal frente a un hotel con nombre de reina cuando aún era princesa.

A lo que vamos, la ben plantada, es nuestra representación femenina, ella prefiere a Woody Allen, el prototipo cuatribarrado actual, frente al rudo charnego, para formar una familia, tener hijos y vivir como pareja por los siglos de los siglos. Sin embargo, en determinadas y puntuales ocasiones del largo recorrido vital de, la ben plantada, cuando la rutina aburre y la finura intelectual empalaga hasta el hartazgo, cuando el cuerpo pide guerra y la parte más salvaje de la criatura del señor, busca el calor corporal del macho, entonces, la ben plantada, relee “últimas tardes con Teresa” de J. Marsé o el amante bilingüe del mismo autor y sueña con el Pijoaparte o con Paco el de Hospitalet en plan más basto.

El blog de Yauma

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La izquierda rancia se ríe de los parados: los sindicatos ultiman un documento en favor de ZP

La izquierda obsoleta es incapaz de aprender de los errores. Desde mediados de mayo, la secretaría confederal de estudios de Comisiones Obreras trabaja en la redacción y difusión del manifiesto económico «Declaración. El trabajo, fundamento de un crecimiento económico sostenible», a cuyo borrador ha tenido acceso ABC y que se alinea con las principales tesis del Gobierno. Por supuesto, no dice una palabra crítica sobre los cinco años de gobierno socialista o sobre los datos comparativos entre la herencia recibida por ZP y la realidad actual de la economía española.

El documento apoya sin disimulo la política económica del Gobierno y no parece que a sus redactores les importe el fracaso de las ocurrencias de Rodríguez Zapatero ante la evidencia de los cuatro millones largos de parados y la incapacidad para generar confianza en los sectores productivos.

El texto respalda el cambio del modelo productivo nacional recién proclamado por el jefe del Ejecutivo, José Luis Rodríguez Zapatero, y reclama un nuevo patrón de crecimiento sostenible. Al mismo tiempo, defiende el veto a cualquier reforma del mercado laboral que suponga un recorte de los derechos de los trabajadores, tal y como propugna el presidente.

En la elaboración del documento han tenido un papel destacado los catedráticos de Derecho del Trabajo y Seguridad Social Eduardo Rojo Torrecilla -Universidad Autónoma de Barcelona- así como Antonio Baylos y Joaquín Aparicio Tóvar -ambos de la Universidad de Castilla-La Mancha-.

El plan de sus autores pasa por acelerar la recogida de adhesiones hasta que sumen, al menos, el doble de las presentadas por el primer manifiesto, incluyendo entre ellas, como golpe de efecto, la rúbrica de artistas de renombre. Para lograrlo, en los próximos días enviarán su proyecto a miembros destacados del mundo del espectáculo y, en concreto, a aquellos que en ocasiones anteriores han prestado su apoyo a las tesis socialistas.

Si ambos objetivos se cumplen el documento será presentado en sociedad la próxima semana, coincidiendo con los últimos coletazos de la campaña electoral europea. De esta forma, el mundo artístico actuaría de nuevo a favor del presidente Zapatero en la recta final previa a una cita electoral, como ya sucedió en los comicios de 2008.

La crisis se ha convertido en el eje central de las elecciones y en un test que revalidará o suspenderá la política económica de los gobiernos. De no lograrse una fuerte adhesión, la «Declaración» se hará pública en todo caso, aunque en la semana posterior a los comicios.

Periodista Digital

Iniciativa Internacionalista - La Solidaridad entre los Pueblos, legalizada por el Tribunal Constitucional español

ETA estará en Bruselas. Con la venia de PP y PSOE, partidos que nombran a los miembros del TC.

Que la coalición formada por la agrupación troskista Corriente Roja y los neofeudalistas de derecha extravagante no alineada catalanistas, vasquistas o castellanistas (Izquierda Castellana) pueda presentarse a las elecciones europeas, y que el terrorista racista Arnaldo Otegui pida el voto para esta coalición, sólo puede interpretarse de una manera: el PP de Rajoy y el PSOE de Zapatero quieren volver a dialogar con ETA


La pasada semana el Tribunal Constitucional, órgano supremo de cumplimiento jurídico de la Constitución Española de 1978, contrariando al Tribunal Supremo, permitió la legalización de la coalición entre la izquierda indefinida fundamentalista de Corriente Roja (troskistas liderados por la ex-comunista Ángeles Maestro) y la formación neofeudalista de derecha extravagante no alineada y nacionalista étnica-fraccionaria Izquierda Castellana (liderada por Doris Benegas, hermana del socialdemócrata y miembro del Partido Socialista Obrero Español Chiqui Benegas), entre otras pequeñas agrupaciones neofeudalista vasquistas, catalanistas, aragonesistas y andalucistas. Permitió esta legalización supuestamente porque la coalición neofeudalista-izquierdista indefinida condenaba la violencia, cosa que se negó a hacer en una rueda de prensa posterior a su legalización. El cabeza de lista de la coalición es el dramaturgo hispanófobo proetarra, ex-miembro del Partido Comunista de España, implicado en varios atentados terroristas en España en la década de 1970, y ex-miembro en su juventud de la agrupación fascista Falange Española de las JONS, Alfonso Sastre.

Para poder alcanzar un escaño en Bruselas, donde está el Parlamento Europeo, se necesitarían 300.000 votos, y al ser la nación española una circunscripción única en el caso europeo, no se descarta que lo consigan, pues Iniciativa Internacionalista (internacionalista étnica por lo que se ve, puesto que en su cartel electoral invitan a los supuestos pueblos oprimidos de Europa —Andalucía, Euskalherría», «Paises Catalanes», «Galiza», Aragón, Castilla, pero también Irlanda del Norte, Cornualles, Cerdeña, Escocia, Flandes, Laponia, Kósovo (muy a tener en cuenta su apoyo a la secesión albano-kosovar de Serbia, por su anticomunismo latente), Bretaña, Occitania, Córcega y otras— a llevar «su voz conjunta» a Bruselas. Junto con la petición de la neofeudalista y derechista Izquierda Republicana de Cataluña de que la Unión Europea regule los procesos de autodeterminación de todas las naciones étnicas y fraccionarias europeas (en realidad procesos de privilegio de secesión, pasándose por el arco del triunfo la soberanía nacional y la igualdad ante la Ley de los ciudadanos de las naciones políticas europas afectadas —España, Francia, Gran Bretaña, Suecia, Italia, Serbia—), la legalización de Iniciativa Internacionalista — La Solidaridad entre los Pueblos (solidaridad frente a terceros, en este caso, frente, principalmente frente a España) es el golpe de gracia del poder político español contra su propio pueblo, cuyo destino les trae sin cuidado con tal de mantenerse en el poder.

Detrás de Iniciativa Internacionalista calculamos que esté el potencial voto de buena parte de los compatriotas hispanófobos que creen ser de «izquierdas» precisamente porque van contra España. Perroflautas, tribus urbanas y nostálgicos de los años más sanguinarios de ETA son sus potenciales votantes. No descartamos su triunfo (un escaño) en Europa. Una Europa que tienen en común tanto con la extrema derecha fascista españolista (Democracia Nacional, las diversas Falanges —traicionando su supuesto hispanismo), las agrupaciones secesionistas (Europa de los Pueblos, Galeuscat) y los partidos de ámbito nacional (PSOE, PP, Izquierda Unida, UPyD, Ciudadanos): Europa es el mito étnico-cultural en el que todos pretenden encontrarse, un mito que sólo Hitler llevó a cabo con las consecuencias conocidas por todos (holocausto, guerra), y un mito al que se acogen, llevado por la hispanofobia, todos los grupos proetarras de España.

Pero si el Tribunal Prostitucional ha decidido, por UNANIMIDAD, dar luz verde a la candidatura hispanófoba de derecha extravagante de Alfonso Sastre, lo ha hecho porque es un tribunal mamporrero del poder político (PSOE, pero también el PP) que quiere volver a negociar con ETA, para así evitar el necesario conflicto social que España necesita para recuperar su soberanía nacional, cedida a los caciques dueños de esos reinos de Taifas llamados Comunidades Autónomas, y asegurarse, así como la clase oligárquica y política del franquismo se aseguró su continuidad mediante la Transición en la democracia coronada, su continuidad en el poder evitando la revuelta popular. El socialfascismo de Franco, una vez muerto él, consiguió yugular la revolución en España vía control político del PSOE y domesticación del PCE, y pretende volver a hacerlo negociando con estos herederos del carlismo (derecha primaria ligada al Antiguo Régimen), por una parte, y subvencionando a los mal llamados sindicatos de clase (UGT y CC.OO.) y a los titiriteros (artistas de la ceja) para que hagan propaganda gubernamental en favor de los «derechos de los trabajadores», al más puro estilo del sindicalismo vertical falangista. 4 millones de parados, y vamos a cinco, es una muestra de que esos derechos de los trabajadores que tanto dicen defender en realidad ya se han conculcado, empezando por el derecho más primordial de todos: el derecho al trabajo.

Además, el Tribunal Constitucional ha obrado siguiendo totalmente la palabra de la Constitución de 1978. Una Constitución que es la fuente fundamental desde la que se alimentan los enemigos de España. La legalización de Iniciativa Internacionalista es totalmente constitucional, con lo cual lo primero que en España sobra es esta Constitución, que ha de ser abolida y sustituída por otra (por extensión, el Tribunal Constitucional también ha de ser derogado).

En consecuencia: es probable que ETA esté en Bruselas, y con la complacencia de PSOE y PP, vía Tribunal Prostitucional. Si España quiere sobrevivir como nación, y quiere cambiar el actual statu quo semimedieval y caciquil que nos envuelve, sólo le queda la Revolución, la supresión de la Constitución Española y del Estado de las Autonomías y la ilegalización completa de toda secta facciosta secesionista (desde Iniciativa Internacionalista hasta el PNV). A grandes problemas, grandes remedios. Necesitamos tiempo, organización, prudencia, fortaleza y, sobre todo, que la crisis vaya a más.

El Revolucionario

ROSA DIEZ, RUBALCABA Y EL DEFENSOR DEL PUEBLO. Por Jesús Fortea Pérez

Rosa Díez y Rubalcaba tienen muchas cosas en común. Por ejemplo, aparte de ser políticos de izquierda y abortistas, están interesados en que el PP pierda votantes, ya que el PP es rival de los partidos políticos a los que ellos pertenecen; esto es, la UPyD y el PSOE. Se acepte, o no, esta apreciación, lo que si es evidente es que Rosa Díez no se puede quejar de cómo trata a la UPyD el Ministerio del Interior del que Rubalcaba es titular. Y es que, aunque la forma y manera en cómo este partido se constituyó y comenzó a funcionar plantea cuando menos interrogantes, el Ministerio del Interior no apreció que fueran relevantes, por lo que resolvió inscribir a UPyD en su Registro de Partidos Políticos y no la ha importunado desde entonces. Sobre algunos de esos interrogantes, por definición directamente relacionados con el derecho fundamental de asociación reconocido por el art. 22-1 de la Constitución, se presentó, con fecha 11-II-08, queja al Defensor del Pueblo (véase copia de la misma en este Blog). No obstante, el Defensor del Pueblo declinó intervenir, ya que considerando que, al no existir, en su criterio, resoluciones administrativas cuya rectificación le cupiera instar, entendía que era a los militantes de la UPyD a los que podría corresponder, si así lo estimaban pertinente, acudir a los tribunales de justicia. El Defensor del Pueblo no creyó, pues, que el art. 54 de la Constitución le obligara en esta ocasión, por más que en él se le define como el “alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este título (-el título I-), a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración”. La decisión que tomó contrasta, por tanto, con la que en su día adoptó en relación con el Estatuto de Cataluña aprobado por las Cortes Generales, que no por la Administración, ya que el Defensor del Pueblo lo recurrió ante el Tribunal Constitucional por entender que vulneraba derechos fundamentales reconocidos en el Título I de la Constitución.

Sea como fuere, teniendo presente que la aprobación de la UPyD como partido político se fundamentaba, obviamente, en una resolución administrativa del Ministerio del Interior, se urgió al mismo y con fecha 17-IX-08 para que, en particular, excitara a la Abogacía del Estado y al Ministerio Fiscal en relación con los hechos que motivaron la queja al Defensor del Pueblo referida supra. Buscábase, así, que la Administración sometiera al análisis jurídico que esas instituciones garantizan su propio actuar, de suerte que le fuera dado a él rectificarlo o, en su caso, a ellas actuar por sí mismas. Mediante escrito remitido por correo ordinario no certificado y sin observar el formato obligado, el Director del Gabinete del Ministro del Interior resolvió que no era pertinente el excitar solicitado de la Abogacía del Estado y del Ministerio Fiscal. Interpuesto, con fecha 10-XI-08, el pertinente recurso de alzada -el Director del Gabinete del Ministro del Interior tiene rango de Director General-, se presentaron asimismo dos escritos de petición (en adelante Escritos) motivados porque el público Registro de Partidos Políticos estaba ofreciendo una información sobre los órganos de gobierno de la UPyD -la que la UPyD le facilita- que presuntamente no coincidía con la que aparecía en la página web de UPyD. De ahí que, en los Escritos se solicitase que el propio Ministerio del Interior pusiera término a situación semejante, siquiera fuese para que sus archivos públicos no adquirieran una eventual naturaleza fantasmal ofreciendo a los ciudadanos datos presuntamente erróneos. Alternativamente y caso de que el Ministerio del Interior no se considerara competente para ello, se le solicitaba que diese traslado del tema a la Abogacía del Estado y al Ministerio Fiscal. Pasados más de tres meses sin que el Director del Gabinete del Ministerio del Interior no resolviera sobre los Escritos, sus petita, de acuerdo con la vigente Ley de Procedimiento Administrativo, quedaron estimados por silencio administrativo. De ahí que, con fecha, 21-III-09 se solicitaran los correspondientes certificados acreditando esa estimación y para cuya remisión disponía el Director del Gabinete del Ministerio del Interior de 15 días hábiles a partir de ese día. Sin embargo, a día de hoy, aún no han sido remitidos. Es más, El Director del Gabinete del Ministerio del Interior no ha justificado por qué no los remite. Siendo esta la situación, con fecha 21-IV-09 se dirigió un nuevo escrito al Defensor del Pueblo haciendo valer que se estaba ante un cúmulo de actuaciones administrativas que afectaban al derecho fundamental de asociación establecido en el art. 22-1 de la Constitución. Se está a la espera de que el Defensor del Pueblo resuelva sobre él.

He así sucintamente narrada la correspondencia del Director del Gabinete de Pérez Rubalcaba Ministro Excelentísimo con el que suscribe. Salvo mejor entender, dicha correspondencia informa sobre cómo se gobierna la UPyD a sí misma y cómo el Ministerio del Interior que dirige Pérez Rubalcaba enjuicia ese gobierno. Y es que si la información que en ellos se da es correcta, estaría sucediendo que, en contra de lo preceptuado por la Ley de Partidos Políticos y los propios Estatutos de la UPyD, el Consejo de Gobierno de la UPyD estaría mutando desde hace un año en su composición sin el acuerdo previo de la Asamblea General de la UPyD. Correspondencia, pues, de interés no desdeñable, dado que la UPyD de Rosa Díez dice pretender la regeneración democrática de la vida política española y Pérez Rubalcaba Ministro Excelentísimo no parece, en cambio, juzgarla necesaria, quizás porque, para él, la presencia del PSOE en el Gobierno de España demuestra por sí misma que esa regeneración democrática carece, por inmotivada, de sentido.


El profesor de la Universidad Complutense de Madrid Jesús Fortea Pérez, ha vuelto a presentar queja ante el Defensor del Pueblo con nuevos argumentos. Esta vez la denuncia se sustancia en la ilegal mutación del Consejo de Dirección de UPyD (que se autoregenera a sí mismo) sin el control de ningún otro órgano del partido y por supuesto sin rendir cuentas a la Asamblea General del partido tal y como exige la Ley de Partidos Políticos 6/2002.


AL DEFENSOR DEL PUEBLO

Jesús Fortea Pérez -en adelante el firmante-, profesor titular de Análisis Matemático de la Universidad Complutense,

EXPONE

Que por medio del presente escrito y al amparo del art 9 de la Ley Orgánica 3/1981 del Defensor del Pueblo, formula QUEJA:

I. Contra la actuación administrativa del Director del Gabinete del Ministro del Interior concretada en la no remisión, en contra de lo dispuesto con carácter obligatorio en el art. 43-2 de la Ley 30/92 redactada conforme a la Ley 4/99 (en adelante Ley 30/92), de los certificados acreditativos de la estimación por silencio administrativo, solicitada con fecha 21-III-09, de los petita de los escritos que, acogiéndose a la Ley 30/92, el firmante le presentara con fechas 10-XI-08 y 11-XI-08 (en adelante Escrito 10-XI-08 y Escrito 11-XI-08).

II. Contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada que, con fecha 10-XI-08, el firmante asimismo presentara contra la resolución de fecha 8-X-08 (en adelante Resolución) del Director del Gabinete del Ministro del Interior.

III. Contra la, en definitiva, presunta y reiterada omisión de las obligaciones de índole administrativa que corresponden al Ministerio del Interior en relación con el Registro de Partidos Políticos y que determina que el partido político Unión, Progreso y Democracia (en adelante UPyD) goce de un régimen de favor por parte de ese Ministerio, con la consiguiente vulneración de los arts 6, 20-1-d y 22-1 de la Constitución. Y es que, en particular, la composición del Consejo de Dirección de UPyD muta indebidamente, sin que los cambios correspondientes se notifiquen al Registro de Partidos Políticos y que cuando el Ministerio del Interior es informado al respecto no hace lo más mínimo para evitar lo que sucede, a pesar de que, en su condición de órgano de la Administración garante de ese archivo público, tiene que velar porque la información que proporcione sea veraz.

La QUEJA busca fundamento en los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO, HECHOS Y ALEGACIONES

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero: Que con fecha 11-II-08 y alegando que, por estarse en materia de los derechos fundamentales contemplados en el Título I de la Constitución -en concreto los reconocidos en los arts 22-1 y 29-1 en su relación con el art. 6 de la misma-, y ser V. E., de conformidad con su art. 54, el alto comisionado elegido por las Cortes Generales para defenderlos, el firmante le presentó un escrito de Queja en contra de la constitución y el obrar tanto del Consejo de Dirección como del Consejo Político de UPyD (DOCUMENTO I).

Segundo: Que en ese escrito de Queja, el firmante hacía uso de la información tomada del Registro de Partidos Políticos. Esa información ponía de manifiesto que el Ministerio del Interior no había salvaguardado, como Administración responsable en materia de reconocimiento legal de partidos políticos y su registro, los derechos fundamentales reconocidos en los arts. 22-1 y 29-1 de la Constitución.

Tercero: Que siendo manifiesto que, según el art. 54 de la Constitución, a V. E “le incumbe la defensa de los derechos comprendidos en (el) Titulo (I)”, allá donde se trasgredan, también lo es que, a esos efectos, V.E., si es necesario, hasta “podrá supervisar la actividad de la Administración”. De ahí, que el firmante presentara ante V. E. el Escrito de Queja, con independencia de que también pudiera haberlo hecho aunque ninguna Administración hubiese estado implicada en la trasgresión denunciada. Y es que bien le constaba, por si alguna duda le cabía, que, sin estar ninguna Administración implicada, V. E. actuó contra el Estatuto de Cataluña, el cual en modo alguno fue debido a la actividad de la Administración y sí emanado directamente de las Cortes Generales.

Cuarto: Que no obstante lo cual, V. E., aduciendo explícitamente y de forma, salvo mejor entender, por completo errónea, que “el ámbito de intervención que tiene atribuido esta Institución se circunscribe a las administraciones públicas” y que se estaba ante “actuaciones de partidos políticos” allende “el marco al que, por imperativo constitucional y legal, deben en exclusiva referirse las actuaciones que decida practicar el Defensor del Pueblo”, desestimó el Escrito de Queja del firmante remitiendo al mismo a los Tribunales de Justicia (Nº expediente: 08002020, salida 04/03/08-08010238, Adjunto Segundo del Defensor del Pueblo. Firmado: Miguel Angel Aguilar Belda).

HECHOS

I. Relativos al escrito de petición presentado, con fecha 17-IX-08, por el firmante ante el Ministro del Interior

Primero: Que con fecha 17-IX-08 el firmante presentó un escrito de petición al Ministro del Interior (Documento II) en el que solicitaba:

“I. Que V. E. se dirija al Defensor del Pueblo urgiéndole a que, dado que, salvo mejor entender, le asiste competencia, cumpla con las obligaciones que le impone el art. 54 de la Constitución en relación con el Escrito de Queja (de fecha 11-II-08).

II. Que si esto no fuera posible, SUBSIDIARIAMENTE se le solicita que EXCITE al Ministerio Fiscal o a la Abogacía del Estado para que actúe al respecto.”

Segundo: Que en dicho escrito el firmante manifestaba su sorpresa, porque V. E. se hubiera considerado competente para recurrir el Estatuto de Cataluña emanado de las Cortes Generales y que , sin embargo, para desestimar el Escrito de Queja del firmante referido en el punto cuarto de los ANTECEDENTES DE HECHO, V. E. adujera que “el ámbito de intervención que tiene atribuido esta Institución se circunscribe a las administraciones públicas”.

Tercero: Que con fecha 8-X-08 el Director del Gabinete del Ministro del Interior firmó un escrito (en adelante RESOLUCION, Documento III) resolviendo motivadamente que ese Petitum no podía ser estimado en ninguno de sus dos puntos.

Cuarto: Que la RESOLUCION aduce, entre otras y ciñéndose al punto segundo del Petitum, los siguientes considerandos:

Considerando I: "Ya el Tribunal Constitucional ha señalado (Sentencia 3/1981, de 2 de febrero y 85/1986, de 25 de junio) que "la Constitución, en su deseo de asegurar el máximo de libertad e independencia de los partidos, los somete al régimen privado de las asociaciones que permite y asegura el menor grado de control y de intervención estatal sobre los mismos... Para garantizar que los partidos se ajusten a la idea que de éstos tiene la Constitución en cuanto a su sujeción al orden constitucional, su respeto a la legalidad, su estructura democrática y los demás requisitos generales que se exigen a todas las asociaciones, han de centrarse fundamentalmente en el momento de la actuación de éstos y por medio de un control judicial".

Considerando II: "Por todo ello, las funciones de este Ministerio en cuanto a los partidos políticos, a salvo de supuestos de especialísima gravedad, se limitan a las de "verificación reglada", es decir, a comprobar exclusivamente si los documentos que se presentan corresponden a materia de su competencia y si reúnen los requisitos formales necesarios, es decir, no le corresponde examinar la legalidad o validez jurídica de los actos, decisiones y acuerdos adoptados por los órganos de gobierno, ya que supondría una atribución a la Administración de una potestad de control de la vida o funcionamiento del partido de la que carece, debiendo ser los Tribunales de Justicia quienes dictaminen cualquier declaración sobre ilegalidad de cuantas cuestiones de carácter interno se susciten dentro de un partido".

Quinto: Que la RESOLUCION no especifica los recursos que pueden interponerse contra ella y fue remitida por correo ordinario y en forma de carta; es decir, de manera impropia y por un medio que impedía tener constancia, en particular, de la recepción de la misma por parte del firmante en su condición de interesado.

Sexto: Que con fecha 23-X-08 el firmante se personó en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior, especificando en la hoja de visita que hubo de firmar que el motivo de la visita era consultar la documentación relativa al partido político UPyD y por causa de la RESOLUCION (se remite, a efectos probatorios, al archivo del Ministerio del Interior donde obre la hoja de visita).

II. Relativos al RECURSO DE ALZADA que, con fecha 10-XI-08, interpuso el firmante contra la Resolución del Director del Gabinete del Ministro del Interior de fecha 8-X-08

Primero: Que con fecha 10-noviembre-08 interpuso RECURSO DE ALZADA (en adelante RECURSO, Documento IV) contra la Resolución del Director del Gabinete del Ministro del Interior de fecha 8-X-2008, por la que se desestimaba el Petitum (punto II) del escrito del firmante de fecha 17-IX-08 (en adelante Petitum y ESCRITO respectivamente) dirigido al Ministro del Interior y motivado por el Escrito de Queja presentado ante el Defensor del Pueblo por el firmante con fecha ll-II-08 (en adelante Escrito de Queja) y referido en los ANTECEDENTES DE HECHO.

Segundo: Que en sus Razonamientos Jurídicos, el firmante textualmente aducía:

I. Que de conformidad con el art. 1-4 del Real Decreto 1181/08, el Gabinete del Ministro del Interior tiene rango de dirección general. Por tanto, contra la RESOLUCION cabe, salvo mejor entender, Recurso de Alzada en un mes desde que fue notificada. Dado que, en contra de lo dispuesto en el art. 58-2 de la Ley 30/92, en la RESOLUCION no se especifica el tipo de recurso que cabe contra ella (HECHOS, punto cuarto), el firmante no incurre en responsabilidad alguna, supuesto que el tipo de recurso que ha elegido no fuera el adecuado. Finalmente, dado que tampoco y en contra del art. 58-3 de la Ley 30/92, la RESOLUCION fue remitida por correo ordinario (HECHOS, pto. cuarto), la fecha de notificación es el 23-X-08, ya que con esa fecha el firmante manifestó conocerla (HECHOS, pto. quinto).

II. Que el Escrito de Queja se dirigía "contra la constitución y el obrar tanto del Consejo de Dirección como del Consejo Político del partido político UPyD" (ANTECEDENTES DE HECHO, punto primero). Por tanto, en ese escrito formulaba queja: 1. Contra la constitución tanto del Consejo de Dirección como del Consejo Político del partido político UPyD. 2. Contra el obrar de esos dos órganos. En el Escrito de Queja se distingue, pues, de manera explícita las constituciones del Consejo de Dirección y del Consejo Político de sus formas de obrar respectivas, decantadas obviamente estas últimas en actos diversos. El Escrito de Queja también se ocupa de esas formas de obrar, pero separadamente.

III. Que el punto segundo del Petitum del ESCRITO, pone de manifiesto que el firmante no excluía que su punto primero resultara inatendible. No obstante lo formuló por si, a juicio del Ministro del Interior, existían razones que al firmante se le escapaban y legitimadoras de la actuación que se solicitaba. Vistos los Considerandos de la RESOLUCION aplicables al punto primero del Petitum, el firmante, por compartirlos. los acepta y da por correeto que se tenga por improcedente lo solicitado en ese punto primero. Por tanto, el presente RECURSO se limita a la desestimación de parte de la solicitud del punto segundo del Petitum; en concreto a que no se haya acordado dar traslado del ESCRITO y documentación que lo acompaña a la Abogacía del Estado.

IV. Que siendo esta la situación, ha lugar a afirmar que de la tenor literal del Considerando II se deduce y en coincidencia con el punto cuarto del ESCRITO, que la Administración se considera competente en lo que se refiere a la constitución del Consejo de Dirección y del Consejo Político de UPyD (en adelante Constitucion de los Consejos de UPyD). En efecto: Declara disponer para ello de la en ese Considerando II invocada "verificación reglada".

V. Que en el ESCRITO, asumiendo en todo momento los Hechos y Razonamientos Jurídicos expuestos y desarrollados en el Escrito de Queja presentado ante el Defensor del Pueblo -de ahí que se adjuntara copia íntegra del mismo-, se mostraba que, salvo mejor entender, la Constitución de los Consejos de UPyD fue contraria a los art. 6 y 22-1 de la Constitución. Quiere decirse, por tanto, que atendiendo a los arts. 62-1-a y 62 -2 de la Ley 30/92 redactada conforme a la 4/99, se está ante hechos nulos de pleno derecho o cuando menos anulables, tal establece el art. 63 de esa misma Ley. En otros términos: La en el Considerando II invocada "verificación reglada" se ejerció, salvo mejor entender y en relación con la Constitución de los Consejos de UPyD, de manera presuntamente incorrecta.

VI. Que ha lugar a afirmar que el firmante en su ESCRITO instó a que se determinara, conforme a Derecho, si, en particular, esa "verificación reglada" se había, o no, llevado a término de manera incorrecta. En efecto: el ESCRITO en el punto II de su Petitum solicitaba que se excitase ya fuera al Ministerio Fiscal o a la Abogacía del Estado. Por tanto, lo que disyuntiva o conjuntamente solicitaba era: 1. Que se pusiese, por parte del Ministro del Interior, el escrito en conocimiento del Ministerio Fiscal, ya que ese Ministerio actúa ante los Tribunales por sí mismo y no en representación de la Administración. 2. Que se pusiese, por parte del Ministro del Interior, el escrito en conocimiento de la Abogacía del Estado, ya que del estudio que sobre él ella realizara, habría de seguirse una de las siguientes situaciones: a. Revisión en vía administrativa ordinaria, a la vista de ese estudio y por parte del Ministerio del Interior, de la "Verificación reglada" realizada y referente a la Constitucion de los Consejos de UPyD. b. Actuación eventual de esa Abogacía en representación del Ministerio del Interior o cualquier otro ministerio afectado ante los Tribunales y urgida por los hechos referentes a la Constitución de los Consejos de UPyD. c. Inhibición de toda acción ya sea administrativa o ante los Tribunales por parte de la Administración y referente a la Constitucion de los Consejos de UPyD.

VII. Que habiendo sido instada, la revisión es, además, pertinente. En efecto: Así se deduce de la aplicación del art. 102 -supuesto que exista nulidad- y del art. 103 de la Ley 30/92, si es que se está ante anulabilidad, ya que resulta manifiestamente lesivo para el interés público que un partido político constituya sus Consejos de Dirección y Políticos en vulneración de los arts 6 y 22-1 de la Constitución. Y es que, de conformidad con ese art. 6 de la Constitución, los partidos políticos "son el instrumento fundamental para la participación política".

VIII. Que al establecer el art. 6 de la Constitución que los partidos políticos "son el instrumento fundamental para la participación política", se deduce, asimismo y a mayor abundamiento, que si la "estructura interna" y el "funcionamiento" de los partidos políticos no son democráticos, el orden democrático que en su globalidad quiere la Constitución para el Estado, resulta sin más inconcebible. Siendo así, por más que en el Considerando I se insista en que a quien corresponde supervisar los actos de los partidos políticos en su condición de instituciones privadas es a los Tribunales, no puede olvidarse que la constitución democrática de los partidos políticos tiene que estar garantizada. De otro modo, el orden democrático en su globalidad dejaría de serlo por actuar en él instituciones que no lo son. El grupo de "supuestos de especialísima gravedad" a los que se refiere el Considerando II y que, según él, facultan a la Administración a actuar en vía ordinaria incluye, por tanto, necesariamente intervenciones administrativas de carácter básico aseguradoras de que la constitución de los partidos políticos se hace de manera democrática. Y es que esas intervenciones administrativas de carácter básico permiten evitar que se tenga que llegar a la disolución judicial de un partido de acuerdo con lo dispuesto en el art. 10-2-b de la Ley Orgánica de 6/2002 de Partidos Políticos. De hecho lo que tales medidas pretenden es preservar a los partidos políticos de su disolución, a cuyos efectos y en claro servicio al pluralismo político buscan que la existencia de los mismos sea conforme a democracia, única forma de existencia posible en un estado de derecho democrático.

IX. Que en términos analógicos procede señalar, que del mismo modo que, por ejemplo, la Administración repone en Derecho el orden público dañado por conflictos entre particulares, con independencia de que esos particulares ejerzan, o no, las correspondientes acciones ante los Tribunales, lo mismo ha de hacer con el orden democrático cuando resulte dañado por la constitución no democrática de los órganos de un partido político. Dedúcese, pues, que consentir semejante daño sin actuar eficazmente en vía administrativa ordinaria para impedirlo y so pretexto de que los militantes del partido afectado ya se dirigirán a los Tribunales al efecto, no supone, salvo mejor entender, respeto alguno por el pluralismo político, sino consentimiento indebido de una situación no democrática. Y es que pudiera suceder sin ir más lejos que, ya fuese por miedo o por falta de capacidad económica, ninguno de esos militantes acudiera a los Tribunales. Resultaría, entonces, que los dirigentes del partido en cuestión lograrían lo que desearan, ya fuese ganar tiempo o agotar al que discrepa, ni que decir tiene que de forma por completo antidemocrática.

X. Que finalmente se ha de insistir en relación con los Considerandos I y II que las acciones de la Abogacía del Estado ante los Tribunales en representación del Ministerio del Interior y por lo que se refiere a partidos políticos, lo que posibilitan es justo la protección jurisdicional de los mismos. En efecto: Se trata de la evidencia misma, ya que llevar un partido a los Tribunales es recabar para él la corrección de su ordenamiento con todas las garantías que ofrece la vía jurisdiccional.

Tercero: Que con fecha 11-I-09 y transcurridos tres meses desde que fuera interpuesto, el RECURSO quedó desestimado por silencio administrativo de conformidad con el art. 43-2 de la Ley 30/92 redactada conforme a la 4/99.

III. Relativos al ESCRITO DE PETICION que, con fecha 10-XI-08, presentó el firmante contra la RESOLUCION del Director del Gabinete del Ministro del Interior

Primero: Que con fecha 10-XI-08 y paralelamente al RECURSO DE ALZADA, el firmante presentó en OTROSI y ante el Director del Gabinete del Ministro del Interior un escrito de petición (Documento V) cuyo texto es el que sigue:

“Primero: Que de resultas de la visita que cursó al Registro de Partidos Políticos (HECHOS, punto quinto) ha venido en saber:

I. Que el rectángulo del logotipo de UPyD ha sido objeto de mínimos retoques, circunstancia que está acreditada con diversos escritos en dicho Registro. El primero de ellos es un acta notarial de fecha 15-I-08 -notario D. Pascual Gracia Romero del Colegio de Pamplona y compareciente D. Carlos Martínez Gorriarán-, al que siguen otros de naturaleza formal, el último de fecha 18-IV-08.

II. Que en llamativo contraste y por más que el firmante haya buscado y solicitado, no ha encontrado ni se le han podido facilitar -al parecer por inexistentes- las listas de miembros de los Consejos de Dirección y Político de UPyD.

III. Que al respecto, procede señalar:

1. Que con fecha 23-XI-08; es decir, el día de la visita del firmante al Registro de Partidos Políticos, sólo figuraba acreditado por acta notarial de 26-IX-07 -notario D. Pascual Gracia Navarro-, lo ya relatado en el Escrito de Queja del firmante presentado, con fecha 11-II-2008, al Defensor del Pueblo. En otros términos: Sólo está acreditado que "...se nombraron miembros del Consejo de dirección, provisionalmente, a Dña. Rosa Díez González, D. Carlos Martínez Gorriarán y D. Juan Luis Fabo Ordóñez que aceptaron sus cargos, a la vez que se comprometían a llevar a cabo las gestiones necesarias de acuerdo con la Ley y los Estatutos, para la designación definitiva de los componentes de este Organo y de los demás Organos del Partido previstos en los Estatutos...".

2. Que con fecha 23-XI-08; es decir, el día de la visita del firmante al Registro de Partidos Políticos, lo único que estaba acreditado en cuanto a la ausencia referida de listados de miembros de los Organos de Gobierno de UPyD, es un escrito notarial de fecha 15-I-08 (notario D. Pascual Gracia Romero, colegio de Pamplona). En el dicho notario recuerda al compareciente D. Carlos Martínez Gorriarán -en ese momento representante de Dña. Rosa Díez González- que él, su representada y D. José Luis Fabo Ordóñez -en ese momento ausente y no representado-, "fueron los constituyentes del partido Unión, Progreso y Democracia" y que "por lo reciente de su constitución, todavía se encuentran pendientes de inscripción los miembros de sus órganos de Gobierno".

Segundo: Que si se coteja el listado de miembros que, con fecha 9-II-08, asignaba la web de UPyD a su Consejo de Dirección, aparecen, entre otros, Dña. Almudena Semur Correa, D. Antonio Salvador, D. Amando Flores Cordero y Dña. Concepción Sacristán Sánchez. Dedúcese, pues, que, con fecha 9-II-08, la composición que la web de UPyD asignaba a su consejo de Dirección, no coincide con el Consejo de Dirección provisional que figura como el de UPyD en acta notarial y en el Registro de Partidos Políticos. Esta circunstancia ya fue alegada, aportando documentación, por el firmante ante el Defensor del Pueblo en su escrito de queja de fecha 11-II-08.

Tercero: Que no obrando, con fecha 23-X-08 y como ha quedado expuesto, en el Registro de Partidos Políticos listado alguno de miembros de los Organos de Gobierno de UPyD, salvo el del Consejo de Dirección provisional, sucede que, con fecha 23-X-08, la web de UPyD asigna sorprendentemente a UPyD un Consejo de Dirección en el que no se encuentran los señores citados en el punto segundo (véase documentación adjunta).

Cuarto: Que, en consecuencia y de acuerdo con la web de UPyD, su Consejo de Dirección, con fecha 9-II-08, no es el que, con fecha 23-X-08, tenía, aparte de que ninguno de los dos coincida con el Consejo de Dirección Provisional. Siendo esta la situación, cabe preguntar: ¿Se deben los cambios habidos a bajas? ¿Se han producido destituciones? ¿Quiénes las han acordado o dictado? ¿Quienes han nombrado o elegido a los sustitutos? Es imposible, salvo mejor entender, responder a estas preguntas buscando fundamento en la documentación obrante en el Registro de Partidos Políticos.

Quinto: Que respecto del Consejo Político de UPyD ni su web ni el Registro de Partidos Políticos proporcionan información. Sin embargo y como noticia aparecida en dicha web, sí consta que en noviembre de 2007 existía uno, tal el firmante ya adujo en su Escrito de queja al Defensor del Pueblo de fecha 11-II-08.

Sexto: Que parece, pues, que la situación es más confusa de lo que lo era cuando el firmante se dirigió, con fecha 17-IX-08, al Ministro del Interior.

Por lo que, dando por integramente reproducidos los Razonamientos Jurídicos del RECURSO -singularmente los expuestos en los puntos del cuarto al décimo-, al amparo de la Ley 30/92 redactada conforme a la 4/99,

SOLICITA Que se revisen todos los actos administrativos relativos a la constitución de los Consejos de Dirección y Político de UPyD con objeto de asegurar, por vía de rectificación o subsanación, la corrección de las anamolías que se han explicitado tanto en este OTROSI como en el cuerpo del RECURSO que en exposición le ha precedido".

III. Relativos al ESCRITO DE PETICION que, con fecha 10-XI-08, presentó el firmante contra la RESOLUCION del Director del Gabinete del Ministro del Interior

Primero: Que con fecha 11-XI-08 y paralelamente al RECURSO DE ALZADA, el firmante presentó en OTROSI DE NUEVO y ante el Director General del Gabinete del Ministro del Interior un Escrito de Petición (Documento V) cuyo texto es el que sigue:

“Primero: Que habiendo sido puesto el Ministerio del Interior, mediante el OTROSI precedente, en conocimiento de que la web de UPyD ha publicado, salvo error, al menos dos Consejos de Dirección, una mera “verificación reglada” pondría de manifiesto que semejante hecho presunto no está acreditado, mediante altas y bajas, en el registro de Partidos Políticos. Una situación que resultaría sorprendente, ya que, como quedó expuesto en ese OTROSI precedente (punto primero-2), en el Registro de Partidos Políticos sí que está acreditado, mediante escrito notarial de fecha 15-I-08 relativo a UpyD, que “por lo reciente de su constitución, todavía se encuentran pendientes de inscripción los miembros de sus órganos de Gobierno”.

Segundo: Que el Ministerio del Interior podría considerar -el firmante entiende que si así fuese de manera equivocada-, que sólo le es dada la “verificación reglada” concebida en términos tales que ha de abstenerse de cotejo alguno entre la realidad y su réplica registral. Es más, el Ministerio del Interior podría entender que no es problema cuya corrección le incumba -incluso con otros medios y a pesar de haber sido puesto en estado de conocimiento-, que UPyD registre una composición para su Consejo de Dirección distinta de la real. Ahora bien, sea, o no, su problema, parece razonable pensar que el Ministerio del Interior ha de estar interesado en que el problema se resuelva, siquiera sea para evitar que sus registros adquieran una eventual naturaleza fantasmal.

Por lo que, cautelarmente SOLICITA Que se dé traslado a la Abogacía del Estado y al Ministerio Fiscal de este otrosí y del precedente.

III. Relativos a los CERTIFICADOS ACREDITATIVOS DE LAS ESTIMACIONES POR SILENCIO ADMINISTRATIVO recaidas sobre los “petita” de los Escritos de Petición que, con fechas 10-XI-09 y 11-XI-09, el firmante presentó al Director del Gabinete del Ministro del Interior

Primero: Que, con fecha, 21-III-09, el firmante solicitó, al amparo del art. 43-2 de la Ley 30/92 redactada conforme a la Ley 4/99, los certificados acreditativos de las estimaciones recaidas por silencio administrativo sobre los escritos de petición acogidos a dicha Ley y que el firmante presentara con fechas 10-XI-08 y 11-XI-08 ante el Director del Gabinete del Ministro del Interior (DOCUMENTO VI).

Segundo: Que la solicitud formulada buscaba fundamento en las siguientes alegaciones:

"I. Que de conformidad con el art. 43-2 de la Ley 30/92 redactada conforme a la Ley 4/99, los petita incluidos en los precitados OTROSIES han quedado estimados. En efecto: No es de aplicación al firmante el punto 2 de dicho artículo, ya que el firmante a lo único que aspiró al fomular esos petita no fue sino a que un registro público estatal abierto sin restricción a todos los ciudadanos -el de los partidos políticos-, diera información veraz sin incurrir en falsedad. Era, pues, un derecho que no se puede negar a nigún ciudadano, como el art. 20-1-d de la Constitución acepta al reconocer el derecho a recibir información veraz de todo medio de difusión. Y es que si se negara a un registro estatal abierto al público sin restricción el carácter de medio de difusión, se habría entonces de admitir que resultaría absolutamente monstruoso exigir a esos medios de difusión lo que no se exigiría a los registros públicos estatales referidos. El firmante entiende que tener que llevar siete meses batallando ante la Administración para que uno de sus registros públicos abierto sin restricción al público ofrezca información veraz, es, sin más, desolador. Se pregunta, por tanto, en qué tipo de estado de derecho le ha tocado vivir. Un estado de derecho en el que hay que remitir escrito tras escrito -de momento sin éxito alguno- para lograr que los registros del Estado den información veraz ni más ni menos que sobre los órganos de los partidos políticos, los cuales, según el art. 6 de la Constitución, “expresan el pluralismo político, concurren a la formación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política”. Siendo así, se comprende que no pueda excluirse que el próximo paso sea, por ejemplo, que las Comisiones de las Cortes tengan una composición diferente a la que figura en los documentos a los que tiene acceso los miembros -no sus representantes- de la voluntad popular.

II. Que, en consecuencia, procede solicitar el certificado acreditativo del silencio estimativo producido. En efecto: Así se establece en el art. 43-2 de la Ley 30/92 redactada conforme a la Ley 4/99 en el que, además, se fija un plazo máximo de 15 días a la Administración para emitirlo con carácter obligatorio".

ALEGACIONES

Primera: Que da por integramente reproducidas cuantas Alegaciones y Razonamientos Juridicos se han expuesto tanto en el Escrito de Queja presentado con fecha 11-II-08 a V. E., como en el Recurso de Alzada presentado con fecha 10-XI-08 al Director del Gabinete del Ministro del Interior y también en los Escritos de Petición presentados con fecha 10-XI-08, 11-XI-08 y 21-III-09 ante esa misma Autoridad administrativa.

Segunda: Que, con todo, quiere insistir en los siguientes considerandos de esas alegaciones:

I. Considerando expuesto en el punto segundo del Escrito de Petición presentado con fecha 11-XI-08:

Que “parece razonable pensar que el Ministerio del Interior ha de estar interesado en que el problema se resuelva -el de la discrepacia de la realidad con su réplica registral en el Registro de Partidos Políticos-, siquiera sea para evitar que sus registros adquieran una eventual naturaleza fantasmal”.

II. Considerando expuesto en la Alegación primera del Escrito de Petición solicitando, con fecha 21-III-09, los certificados acreditativos de estimación por silencio administrativo de los Escritos de Petición de fechas 10-XI-08 y 11-XI-08:

Que “el firmante entiende que tener que llevar siete meses batallando ante la Administración para que uno de sus registros públicos abierto sin restricción al público ofrezca información veraz, es, sin más, desolador. Se pregunta, por tanto, en qué tipo de estado de derecho le ha tocado vivir. Un estado de derecho en el que hay que remitir escrito tras escrito -de momento sin éxito alguno- para lograr que los registros del Estado den información veraz ni más ni menos que sobre los órganos de los partidos políticos, los cuales, según el art. 6 de la Constitución, “expresan el pluralismo político, concurren a la formación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política”. Siendo así, se comprende que no pueda excluirse que el próximo paso sea, por ejemplo, que las Comisiones de las Cortes tengan una composición diferente a la que figura en los documentos a los que tiene acceso los sufridos miembros -no sus representantes- de la voluntad popular”.

Tercera: Que si bien V. E. desestimó el Escrito de Queja que, con fecha 11-II-09, le presentó el firmante, aduciendo que “el ámbito de intervención que tiene atribuido esta Institución se circunscribe a las administraciones públicas”, procede señalar que, con fecha 16-VI-98, el entonces Adjunto Segundo del Defensor del Pueblo, desestimó un Escrito de Queja, asimismo del firmante, aduciendo que “para que resulte procedente la intervención de esta Institución, se hace necesario que por parte de cualquier Administración Pública se haya producido alguna actuación que impida o menoscabe el ejercicio de los derechos fundamentales o no respete los límites legales a los que tal actuación debiera ceñirse” (Expediente: Q9806541/Area: 1. Firmado: Antonio Uríbarri Murillo). En otros términos: En aquel entonces, el Defensor del Pueblo no negó la existencia de actuaciones administrativas, pero echó en falta vulneraciones de derechos fundamentales, mientras que, en relación con el Escrito de Queja presentado con fecha 11-II-08, V. E. echó en falta actuaciones u omisiones administrativas, declinando, en consecuencia, entrar a determinar la presencia, o no, de vulneraciones de derechos fundamentales, ya que consideró que eran los Tribunales de Justicia los competentes al respecto. Con todo y tal ya ha sido señalado en los ANTECEDENTES DE HECHO, V. E., por más que en la aprobación del Estatuto de Cataluña no se diera traza de actuación administrativa alguna, sí que actuó contra ese Estatuto, entendiendo que vulneraba derechos fundamentales contemplados en el Titulo I de la Constitución.

Cuarta: Que en el presente Escrito de Queja, el firmante, con independencia de que siga considerando improcedente el archivo del Escrito de Queja presentado con fecha 11-II-08 (ANTECEDENTES DE HECHO), entiende que en él se da cuenta de actuaciones y omisiones de la Administración que afectan al derecho fundamental establecido en el art. 22-1 de la Constitución en relación con su art. 6.

Quinta: Que no se le oculta, no obstante, que el que se le indique a V. E. que el firmante ya se ha dirigido al Defensor del Pueblo en otras ocasiones sin ningún resultado, no contribuye precisamente a dar de él una imagen favorable. Mas siendo la separación de procedimientos uno de los dogmas fundamentales del vigente estado de derecho, es entonces manifiesto que no ha lugar a abrirle por ello un juicio universal a la manera inquisitorial. Y es que semejante proceder, seguido, por cierto, en la Alemania nazi, choca frontalmente con el kelsensianismo propio del ordenamiento jurídico español presente. Sea como fuere, el firmante le participa que no tiene muchas esperanzas en que este Escrito de Queja prospere. Contempla, por tanto, la posibilidad de que vaya a engrosar los archivos de esa Institución, supuesto que no se le destruya pasado un tiempo, tal se hace en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo con las demandas no admitidas y con independencia de que semejante destrucción hipotética no contribuya precisamente al historiar del futuro, supuesto naturalmente que aún quepa lugar para la Historia.

Por lo que,

FORMULA QUEJA:

I. Contra la actuación administrativa del Director del Gabinete del Ministro del Interior concretada en la no remisión, en contra de lo dispuesto con carácter obligatorio en el art. 43-2 de la Ley 30/92 redactada conforme a la Ley 4/99 (en adelante Ley 30/92), de los certificados acreditativos de la estimación por silencio administrativo, solicitada con fecha 21-III-09, de los petita de los escritos que, acogiéndose a la Ley 30/92, el firmante le presentara con fechas 10-XI-08 y 11-XI-08 (en adelante Escrito 10-XI-08 y Escrito 11-XI-08).

II. Contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada que, con fecha 10-XI-08, el firmante asimismo presentara contra la resolución de fecha 8-X-08 (en adelante Resolución) del Director del Gabinete del Ministro del Interior.

III. Contra la, en definitiva, presunta y reiterada omisión de las obligaciones de índole administrativa que corresponden al Ministerio del Interior en relación con el Registro de Partidos Políticos y que determina que el partido político Unión, Progreso y Democracia (en adelante UPyD) goce de un régimen de favor por parte de ese Ministerio, con la consiguiente vulneración de los arts 6, 20-1-d y 22-1 de la Constitución. Y es que, en particular, la composición del Consejo de Dirección de UPyD muta indebidamente, sin que los cambios correspondientes se notifiquen al Registro de Partidos Políticos y que cuando el Ministerio del Interior es informado al respecto no hace lo más mínimo para evitar lo que sucede, a pesar de que, en su condición de órgano de la Administración garante de ese archivo público, tiene que velar porque la información que proporcione sea veraz.

OTROSI DICE

Que V. E. vele por la depuración de las responsabilidades, administrativas o no, a que hubiere lugar, dando traslado si procediese al Ministerio Fiscal

OTROSI DICE DE NUEVO

Que el Escrito de Queja al que se hace referencia en la ALEGACION tercera se refería a la presunta incompatibilidad en que pudiera haber incurrido D. Gregorio Peces-Barba Martínez por simultanear su cargo entonces de Rector de la Universidad pública Carlos III con el de Defensor del asegurado de la sociedad privada Sanitas.

Madrid, 21-IV-09

Firmado: Jesús Fortea Pérez

El blog de Jesús Fortea Pérez

SUICIDIO COLECTIVO. Por M. Martín Ferrand

FRANCISCO Franco, Dios le habrá perdonado, quería llevarnos hacia Dios por el camino del Imperio. No es algo fácil de entender; pero debe tratarse de lo mismo que hoy pretende José Luis Rodríguez Zapatero cuando, contumaz, insiste en usar en calidad de líder de un partido político un avión de la Fuerza Aérea que le corresponde como jefe del Gobierno. Es el mal totalitario que ilumina a los gobernantes cuando pierden la capacidad de distinguir entre lo privado y lo público y entender las distancias que separan lo íntimo de lo institucional. El gran drama de nuestra Historia reside en el hecho de que nuestros gobernantes -monarcas absolutos, validos, presidentes republicanos, dictadores...- lo que siempre han pretendido es «tener razón». Algo complejo, estéril y fútil, que viene empobreciendo a la Nación desde hace docenas de generaciones. Lo de la disgregación del Estado es más reciente, pero tiene el mismo fundamento: la conservación del poder.

Hemos llegado a un punto en el que la izquierda y la derecha, cada cual a su modo, son un peligro para España. Ambas quieren tener razón y eso es dinamitador cuando sus razones se oponen a la del Estado. Lejos de buscar remedio para los males que nos acosan, el Gobierno -principal responsable de la situación- insiste, incluso con chulería, en prácticas incompatibles con el sentido común y el modelo que, mejor o peor, sienta las bases de la Unión Europea. Trabajar sobre la hipótesis, no descartable en función del crecimiento patológico del endeudamiento del Estado, de que tuviéramos que llegar a salir de la cofradía del euro -el salvavidas que nos mantiene a flote- aterroriza al ánimo más templado; pero, ¿cuánto puede durar una ficción?

Machadas amenazantes, como las del vicepresidente Manuel Chaves, no lejanas de una vieja -y parecía que olvidada- tradición del PSOE, no son más que evidencias de que a nuestra democracia, degenerada en partitocracia dudosamente representativa, le falta tiempo de cocción. No está a punto. También pueden observarse conductas reprobables en los partidos de la oposición, el grande y los periféricos; pero el poder, su ejercicio, eleva los niveles de la responsabilidad. Si, además, para poder «tener razón», la única meta clara en el proceder de Zapatero, se contamina el paisaje con cuestiones morales y relativas a la fe de los ciudadanos, el diagnóstico es de suicidio colectivo.

ABC - Opinión

SIN BIBIANA NO HAY PARAISO. Por Juan Manuel de Prada

HAY quienes se escandalizan de que Chaves adjudique subvenciones a una empresa apoderada por su hija, pero es lo mínimo que puede hacer para que su hija no se sienta agraviada. Pues si a Bibiana, que sólo es su ahijada, Chaves la enchufó en un ministerio, ¿cómo iba a privar a una hija de una subvención? «Todo padre quiere lo mejor para sus hijos», acaba de decir con un par el consejero andaluz Martín Soler, para justificar el nepotismo de Chaves; y la ministra Bibiana, para justificar su enchufe, nos dice que a los dieciséis años una chica puede «ponerse tetas» sin permiso de sus padres, por lo que también podría abortar. Esto de comparar el aborto con «ponerse tetas» constituye un ejemplo -chusco, si se quiere- de lo que Hannah Arendt llamaba «banalidad del mal», fenómeno que florece cuando las personas «normales» dimiten de su racionalidad ética. Arendt estudió el caso de Eichmann, aquel grisáceo oficial alemán que se encargó de agilizar el transporte de judíos con la misma probidad burocrática con la que hubiese agilizado la tramitación de un ascenso. Y con la misma probidad burocrática Bibiana se apresta a agilizar la nueva ley del aborto, no sea que su padrino le reproche que no actúa con la suficiente diligencia; sólo que como Bibiana no es un grisáceo oficial alemán, sino una gaditana salerosa, se permite salpimentar su acción con comentarios tan graciosísimos como el que ahora comentamos.

En una ocasión anterior Bibiana ya había justificado que las muchachas de dieciséis años pudiesen abortar sin consentimiento paterno, puesto que también pueden casarse y tener hijos. La banalidad del mal se permite sin empacho estos sofismas. Pues lo que el derecho reconoce al permitir a una muchacha de dieciséis años casarse y tener hijos es precisamente que una expresión tan vigorosa de la naturaleza humana como es el deseo de fundar una familia no se someta estrictamente al criterio de mayoría de edad legal. Pero esta excepción legal, fundada en la naturaleza, servía a Bibiana para justificar una excepción fundada en la abolición de la naturaleza, pues nada hay tan contrario a la naturaleza como que una madre «decida» aniquilar la vida que se gesta en su vientre. Los sofismas que se permite la banalidad del mal acaban, sin embargo, mostrando sus costuras; y ahora Bibiana justifica que las chicas de dieciséis años aborten, puesto que también pueden «ponerse tetas». Aquí el deslizamiento de la racionalidad ética es todavía más brutal -más risueñamente brutal-, puesto que el aborto es comparado con una mera operación de cirugía plástica; y el feto reducido a la categoría de adiposidad o verruguilla insignificante que el bisturí saja, por un quítame allá esas pajas.

Algunos ilusos, para oponerse al aborto a mansalva que pretende instaurar el gobierno, repiten bobaliconamente: «El aborto es una tragedia, no un derecho». Pero, para que haya tragedia, tiene que haber desgarradores conflictos de conciencia. Y lo que la banalidad del mal preconiza es exactamente lo contrario: no pueden existir desgarradores conflictos interiores allá donde la racionalidad ética ha sido previamente abolida. El aborto entendido a la manera bibiánida es algo tan banal, tan trivial, que no requiere desgarros interiores; tampoco, por cierto, una especial impiedad o sadismo. El aborto entendido a la manera bibiánida es como «ponerse tetas»; del mismo modo que, para aquel grisáceo oficial alemán, agilizar el transporte de judíos era como tramitar un ascenso. Esta patología, encumbrada al rango de normalidad, nos está hablando del individuo extirpado de su racionalidad ética; esto es, del individuo inmerso en el paraíso totalitario. Sin tetas no hay paraíso, nos asegura una de esas series televisivas que triunfan en el Mátrix progre; y con bombo tampoco, añade risueñamente Bibiana.

ABC - Opinión

DESMEMORIADOS. Por Alfonso Ussía


Manifestacion sevillana del Frente de Juventudes en pro de Gibraltar español a mediados de los años 60.



Con esto de la listita proetarra que tanto cariño ha recibido del Tribunal Constitucional encabezada por el dramaturgo Alfonso Sastre, algunos medios de comunicación han resumido la trayectoria del peculiar calzonazos olvidando pasajes fundamentales de su vida. Amnistías que sólo disfrutan algunos. Ninguno de sus desmemoriados biógrafos ha recordado que con anterioridad a su antifranquismo, a su antiespañolismo, a su abrazo a Batasuna y su constante justificación del terrorismo, Alfonso Sastre, Premio Nacional de Teatro, fue falangista. Eso, la desmemoria.


Miguel Gila, el gran humorista de corto repertorio, se presentó en los últimos años como un luchador contra el franquismo. Incluso se inventó que sobrevivió a un fusilamiento, farsa que fue desmontada con facilidad por tratarse de una descomunal mentira. Gila escribió y manifestó que había sido víctima de la persecución franquista. A Gila sólo le persiguió el franquismo para que actuara en las cenas del 18 de julio que Franco convocaba en La Granja de San Ildefonso, y en las que Gila le hizo sonreír en varias ediciones. Un día desapareció. Y puso como excusa que se exiliaba voluntariamente para huir de Franco, el que tanto reía sus gracias. Se exilió para huir de su primera mujer y de las deudas que había contraído con ella, y eligió para su exilio la Argentina de la dictadura militar, la de Videla, Massera, Galtieri y los desaparecidos. Y estuvo bien allí, y mejor tratado. De vuelta a España, se vistió de rojo, ganó muchos millones en las televisiones públicas y falleció sin pagar a Hacienda. Pero fue presentado como un combatiente intelectual contra las dictaduras.

Tengo para mí, que de existir un Instituto Nacional de Biografía, trabajan en él unos señores con enormes tijeras que deciden a quién sí y a quién no se les puede perdonar su pasado de manifiesta cooperación o mansedumbre con el franquismo. Sastre y Gila pertenecen a la relación de beneficiados. Y un bastante José Luis Coll, Juan Luis Cebrián, Concha Velasco, Javier Arzallus, el obispo Setién, y no sigo porque la relación se presenta interminable. Pero más que los políticos, los religiosos o los académicos, me interesan estas figuras de la intelectualidad y el espectáculo –Sastre, indudablemente, es un escritor culto–, que han conseguido el maravilloso regalo del olvido. Coll se hizo socialista de toda la vida cuando conoció a Felipe González. Concha Velasco saltó a la fama gracias a José Luis Sáenz de Heredia, director de cine, y primo hermano de José Antonio Primo de Rivera. Sara Montiel recordó que no era franquista unos pocos días después de la muerte de Franco. Pero la Dirección General de la Desmemoria funciona perfectamente, y a unos les borran el pasado y a otros se lo adornan. El gran escritor Rafael García Serrano, navarro, requeté, pendenciero y siempre nostálgico de batallas, murió en el olvido y el desprecio porque nunca ocultó sus ideas. Pero fue el autor de una de las obras fundamentales de nuestra terrible Guerra, escrita sin rencor y con humor muy largo, el «Diccionario para un macuto». Lo hizo cuando uno de sus compañeros de Falange, Alfonso Sastre, aún cantaba la vuelta de las banderas victoriosas al paso alegre de la paz. Por si a Otegui le interesa.

La Razón - Opinión

EL CASTELLANO NO ESTA PERSEGUIDO EN EXTREMADURA. Por Maite Nolla

PSOE

«Siempre he creído que dentro del PSOE debe haber alguien que se avergüence de lo que hace el PSC en Cataluña; no pido que lo digan, como hacemos algunas con el PP de Cataluña, sólo que lo piensen.»

Otra de Bibiana Aído, pensarán. O de la Pajín. O de Carmen Chacón. Pues no, el autor de esta frase para la historia es el candidato-guitarrista-caricaturista del PSOE a las elecciones europeas, Juan Fernando López Aguilar. Yo le tenía por un hombre letrado; vamos no es que yo deba tenerle o no, es que tiene un currículum envidiable, es inteligente y cuadra poco con el patrón de sectarios de los que se hace rodear Zapatero, empezando por él mismo. Sin embargo, debo decir que me ha sorprendido que un hombre como él haya decidido que una cosa es la sabiduría y otra es la política y se comporte como un sectario de izquierdas más, es decir, como una Pajín cualquiera.


Yo comprendo que personajes como la ministra Aído se refugien en el sectarismo y en el manual de campaña –Bush, Irak, la COPE, los obispos, Franco y su tía la de Cuenca, etc...– para hacer política. Hago un inciso para comentarles que había encontrado una explicación al pensamiento ministerial de que es un concepto discutido y discutible que los fetos que se albergan en cuerpos humanos sean humanos; yo creo que algún asesor le dijo a la ministra que el Código Civil establece un plazo de veinticuatro horas para considerar a un feto humano como persona a efectos civiles y la liaron. Es más, lo comenté con algunos colegas y me dijeron que como lavadora de imagen no estaba mal, pero que no había nada que hacer, que la chica es así (perdón, la señora ministra). Y va y suelta lo de que abortar es como ponerse tetas y a ver quién la defiende ahora. De todas formas, siempre pensé que a las mujeres el accesorio nos venía de serie; al menos es así en mi Lérida natal y querida. Y por si fuera poco añadió lo de la guerra de Irak; efectivamente, compañeros suyos de partido tuvieron más respeto por la vida humana, ya que a los secuestrados en Colindres les alimentaban con fabada Litoral; saben a que me refiero.

Volviendo a López Aguilar, me decepcionó en el debate con Mayor Oreja. Para decir eso, podían haber enviado a Leire Pajín que al menos no tiene un prestigio que arruinar. Y volviendo a la frase objeto del presente artículo, aunque sea difícil de explicar –busquen el audio, que debe rondar por internet–, el candidato la utilizó para negar que en Cataluña su partido esté, por ejemplo, multando a los que rotulan en castellano o haciendo desaparecer uno de los dos idiomas oficiales de la enseñanza pública. Debió creerse un titular que aparecía en un digital de Cataluña, que afirmaba que la candidata de UPyD, Teresa Giménez, negaba cualquier conflicto lingüístico en Cataluña. Por supuesto, visto el video, no se decía eso, sino que el problema con las lenguas lo crean los políticos, pero ya estaba puesto y titulado por si acaso.

Siempre he creído que dentro del PSOE debe haber alguien que se avergüence de lo que hace el PSC en Cataluña; no pido que lo digan, como hacemos algunas con el PP de Cataluña, sólo que lo piensen. Máxime cuando el propio López Aguilar copió el programa de Ciudadanos hace dos años y algo de eso debía poner. Está claro que sin secta no hay paraíso.

Libertad Digital

EL PSOE HUELE A DERROTA. Por Ignacio Camacho

AL revés de aquel siniestro coronel de «Apocalypse now» al que el azufre del napalm le olía a victoria, al PSOE le arde la campaña entre un fuerte tufo de derrota. No logra tomar la iniciativa. Va por detrás en todas las encuestas -salvo la del CIS, con una inverosímil participación de más del 70 por ciento- y sabe que a día de hoy tiene perdidas las elecciones. No consigue imponer su agenda de temas ni su tradicional superioridad propagandística, pese a unos vídeos tan torticeros de intenciones como eficaces y bien elaborados. Y cuenta de salida con un hándicap devastador: más de cuatro millones de parados que el PP enarbola como un pliego acusatorio. Si la abstención se mantiene según las previsiones, más de la mitad del censo, los socialistas no podrán disponer de su principal arma electoral, que es la movilización masiva contra la derecha. El núcleo argumental de su campaña se centra en estimular el voto del miedo, pero la gente sabe que estos comicios no eligen al Gobierno y en cambio sirven para imponerle un correctivo. Es gratis, pero tendrá consecuencias.

Así las cosas, y sin que hasta el momento los tribunales hayan puesto a la oposición en más apuros de los que ya sufría, queda una semana muy dura en la que se va a jugar sucio. El presidente ha enviado a los españoles una carta inaceptable en la que rompe sin rubor el Pacto de Toledo para empavorecer a los más desavisados con el fantasma de las pensiones. Sus consejeros le han aconsejado espaciar sus apariciones mitineras para que no le salpique demasiado el previsible descalabro, como ocurrió en Galicia. Y los estrategas más inteligentes del Gobierno empiezan a deslizar un mensaje más sutil, que trata de desestabilizar a Rajoy ante sus propios partidarios. Comparan la ventaja de los sondeos, entre tres y cinco puntos, con los diez que sacó Aznar en el 94 para minar la confianza de la base social de la derecha, y concluyen que si con estas circunstancias sociales el gallego no es capaz de infligir al Gobierno un revés abultado nunca logrará vencerlo en la hora decisiva. Incluso los críticos internos más conspiradores saben que es argumento escaso para un ataque serio; entre los socialistas suena a justificación anticipada del varapalo.

En las campañas electorales, el PSOE suele crecer siempre más que su adversario, pero esta vez tiene un serio problema para colocar mensajes porque se pierden entre la humareda del Falcon, el escándalo de la hija de Chaves, la alarma de la gripe A y las «bibianadas» de Aído, que ha irrumpido en escena por su cuenta con sorprendente inoportunidad y previsible falta de criterio. Blanco y Rubalcaba, los más listos, adoptan perfil bajo amparándose en sus responsabilidades de Gobierno. Nada está escrito aún, pero da la impresión de que la nomenclatura socialista está buscando coartadas ante la hipótesis plausible de un severo fracaso.

ABC - Opinión

DONDE LAS REGLAS NO LLEGAN, DAR EJEMPLO

Socialistas y populares se embarcan en una absurda carrera de recriminaciones mutuas sobre el uso indebido de bienes públicos.

LAMENTABLE es el primer calificativo que se nos ocurre para describir la absurda carrera en la que se han embarcado socialistas y populares para arrojarse mutuamente el supuesto uso indebido que ambos habrían hecho de bienes públicos con fines privados o de partido. El PP ha convertido el uso de Zapatero de un Falcon para acudir a los mítines del PSOE en el centro de su campaña. Sus críticas, pese a tener un fondo de razón, han resultado muy exageradas en tono y forma. Pero no menos ofuscada ha sido la estrategia de respuesta de los socialistas, que se han retrotraído más de un lustro en busca de viajes similares de Aznar o sus ministros. El candidato del PSOE a la Eurocámara, López Aguilar, ha echado mano del «despilfarro de recursos públicos» de la boda de Ana Aznar en El Escorial, y el presidente del PP en Canarias le ha acusado de usar el coche oficial «para ir a la playa a pasear a su perrito» o los escoltas para divertirse «hasta las tantas de la madrugada». El PP ha incurrido incluso en la irresponsabilidad de banalizar los motivos de seguridad alegados por el ministro del Interior en relación a los viajes presidenciales, afirmando que Rubalcaba coloca a España «a la altura de Afganistán». González Pons quizá olvida que, aunque nuestro país no esté en guerra, sigue teniendo un grave problema de terrorismo. Hace poco, ETA daba a conocer que en tres ocasiones intentó atentar con misiles contra Aznar.


El único que puede y debe demostrar un poco de sentido común poniendo freno a este bochornoso espectáculo es Zapatero. El problema no reside en que utilice el avión militar Falcon, que por algo está a su total disposición, sino en que lo haga exclusivamente para actos de su partido sin que el PSOE haga frente a gasto alguno.

Ayer la vicepresidenta anunció que el Gobierno completará la regulación existente de los recursos públicos. Su falta de concreción apunta a que el Ejecutivo sólo intenta salir del paso pero no tiene claro qué va a hacer. Una posible solución sería estipular por ley que sea el partido en el poder el que costee los desplazamientos del presidente del Gobierno siempre y cuando se produzcan para su exclusivo beneficio. Mientras tanto, otra solución más inmediata es que en La Moncloa tomen buena nota de la defensa de Rajoy. El líder del PP argumentó que su utilización de un Falcon cuando era vicepresidente para ir a Baleares en 2003 se produjo con motivo de una reunión del Consejo de Patrimonio Nacional, aunque después acabara acudiendo a un mitin que se celebraba en la misma localidad con motivo de las elecciones autonómicas. ¿No podría el Gobierno tomarse la molestia de organizar algún encuentro institucional en las ciudades donde se celebran los actos del PSOE?

Parecerá una solución un tanto cínica, pero debería acallar a la oposición y, lo que es más importante, serviría para que el Ejecutivo guardase las formas y diera ejemplo. Hasta ahora, el Gobierno se ha escudado en que cumple los protocolos oficiales. Pero ésa es la misma excusa que utilizaron los diputados británicos cuando se destapó el escándalo de sus abusos a costa del erario público: que no se habían saltado las reglas. Al margen de que esas reglas las habían diseñado los propios diputados, resulta deplorable que los políticos utilicen el razonable margen de confianza que dejan los reglamentos para abusar, en beneficio personal o en el de su partido, de los recursos públicos. Al final, el Gobierno británico ha decidido que la única forma de poner freno al fraude es nombrar un regulador independiente y ajeno al Parlamento, lo cual parece acertado pero no deja en muy buen lugar a los representantes de la ciudadanía. El PSOE debería demostrar que no necesita la imposición de un reglamento para pagar los viajes de partido de Zapatero.

El Mundo - Editorial

¿LIDER DEL PSOE O PRESIDENTE DEL GOBIERNO?

«Si Zapatero y medio Gobierno socialista pueden dedicarse a tareas del partido durante dos semanas sin que los españoles lo noten lo más mínimo, ¿acaso no será porque toda la labor que desempeñan no es tan esencial como nos han hecho creer?»

Uno de los peligros más evidentes de expandir las competencias y el intervencionismo del Estado es que, al mismo tiempo, se está incrementando el poder de los políticos. Nuestros gobernantes, pese al aura de supuesta profesionalidad y seriedad que algunos todavía mantienen, no son más que personas de carne y hueso como el resto de los españoles. Ni son menos codiciosos, ni menos corruptos, ni menos malévolos. Por consiguiente, más poder en sus manos equivale a más instrumentos para dar rienda suelta a su codicia, corrupción y maldad. Los medios públicos, cuya existencia se justifica en el servicio que proporcionan a los ciudadanos que los han financiado coactivamente, tienden inevitablemente a mezclarse con los medios privados de sus gestores: vehículos, despachos, viviendas, asistentes, dietas...


En España esta confusión adquiere además otro nivel, en la medida en que nuestra partitocracia tiende a fusionar, por un lado, Gobierno con partido político y, por otro, a ambos con sus dirigentes. Ejemplos no faltan en los 30 años de democracia pero la cuestión ha vuelto a plantearse con el polémico uso del avión Falcon que viene realizando Zapatero para acudir a sus mítines electorales.

Sin embargo, este hecho, por grave que pueda resultar, no es más que una anécdota dentro de una categoría mucho más amplia y preocupante. En España, los políticos de todos los partidos, sin demasiadas distinciones, han patrimonializado casi por completo la Administración y se han olvidado de que su primera y esencial función es la de servir a los españoles. Ayer nos enteramos de que el Ejecutivo, a través del PSOE, puso a disposición de la Cadena SER el archivo de seguridad de La Moncloa (la hipótesis de que la SER hubiese accedido al archivo sin la aquiescencia del Gobierno sería aún más preocupante por los agujeros que desvelaría en la seguridad de La Moncloa) para perjudicar al líder de la oposición. Es decir, la información confidencial depositada en la Presidencia del Gobierno se abre para el uso y abuso que pueda hacer de ella un medio privado en beneficio de los intereses de los dirigentes socialistas (que no de la Presidencia del Gobierno ni de los españoles).

Lo mismo puede decirse de la dejación total de sus funciones durante dos semanas por parte de Zapatero con el fin de atender a sus compromisos como líder del PSOE (que no de presidente del Gobierno o ni siquiera de candidato a las elecciones europeas). En otras palabras, Zapatero antepone los intereses electorales de su partido (que, en definitiva, influyen decisivamente en sus intereses particulares) a los de su gestión al frente del Gobierno. Por tanto, una de dos, o Zapatero está provocando un quebranto a la ciudadanía por dejar de gobernar durante medio mes o, más probablemente, el tamaño y competencias de la Administración y del Ejecutivo son mucho mayores de las realmente necesarias; si Zapatero y medio Gobierno socialista pueden dedicarse a tareas del partido durante dos semanas sin que los españoles lo noten lo más mínimo, ¿acaso no será porque la labor que desempeñan no es tan esencial como nos han hecho creer?

Pero en este último supuesto, tal vez convendría replantearse si esas hipertrofiadas competencias del Estado –y los sueldos que llevan aparejados– son realmente imprescindibles o una simple excusa para que los políticos puedan seguir utilizándolas como si de un cortijo privado se tratara. Y, en todo caso, debería abrirse ya el debate de si un gobernante durante su mandato debería poder ocuparse con tal intensidad de la vida interna de su partido político; es decir, habría que plantear seriamente la necesidad de separar al partido político de la institución a la que da apoyo. El problema no es tanto que Zapatero vaya en Falcon a un mitin del PSOE, sino que vaya y desatienda su función pública.

No estaría de más que el PP les afeara su conducta a los socialistas precisamente por esto, por mucho que ellos, en numerosas ocasiones, se comporten exactamente igual. Por algún lugar ha de comenzar la regeneración y convendría que la liderara el PP.

Sin embargo, no parece que este giro de estrategia esté en el horizonte popular. Luego, estos mismos políticos se sorprenden de que la ciudadanía –que contempla este lamentable espectáculo con una mezcla de desprecio, resignación e indiferencia– prefiera quedarse en casa en lugar de opinar en las europeas sobre qué partido político es el más apropiado para robarles la cartera. Al fin y al cabo, esos mismos políticos han estado tirándose los trastos a la cabeza por no acordar la letra pequeña de la factura que cargan al contribuyente y olvidándose de discutir lo que, en teoría, se dilucida en los próximos comicios: el futuro de la Unión Europea. Ahí muestran nuestros políticos cuáles son sus verdaderas preocupaciones.

Libertad Digital - Editorial

RANCIO Y OPORTUNISTA

EN plena crisis económica, hay sectores importantes de la izquierda española que son incapaces de superar un discurso anclado en tópicos fuera de lugar para una sociedad desarrollada. ABC informa hoy sobre un manifiesto surgido desde el sindicato Comisiones Obreras con la intención de buscar en los próximos días apoyos en el sedicente «progresismo» social y cultural que presta su firma para este tipo de operaciones. Como siempre, la culpa recae sobre el mercado y el supuesto egoísmo de los empresarios y las entidades financieras. Frente al mal absoluto, la única receta sigue siendo el gasto público, sin considerar la cuantía del déficit ni responder a la pregunta elemental sobre quién pagará tanto dispendio. El documento apoya sin disimulo la política económica del Gobierno y no parece que a sus redactores les importe el fracaso de las ocurrencias de Rodríguez Zapatero ante la evidencia de los cuatro millones largos de parados y la incapacidad para generar confianza en los sectores productivos.

Además de rancio, el manifiesto es oportunista y sospechosamente progubernamental cuando estamos en la recta final de la campaña para las elecciones europeas. Hay quien pretende movilizar como sea a un electorado reticente a escuchar -una vez más- los cantos de sirena de un presidente que ha perdido sintonía con los ciudadanos. El desencanto de los afines es tan evidente que todo vale con tal de captar algún voto a base de presentar a la derecha como responsable de la crisis. El propio manifiesto tiene como objetivo dar respuesta a la opinión expresada públicamente por un importante núcleo de economistas (entre ellos, por cierto, el ahora secretario de Estado de Economía) acerca de la necesidad de abordar ciertas reformas imprescindibles. La izquierda sigue empeñada en practicar la oposición retrospectiva, y la campaña para el 7-J demuestra la obsesión por echar la culpa a Bush y a Aznar, a los «neocon» y a los neoliberales. Por supuesto, no dice una palabra sobre los cinco años de gobierno socialista o sobre los datos comparativos entre la herencia recibida por Rodríguez Zapatero y la realidad actual de la economía española. La última parte consiste en atribuir al PP el objetivo de implantar el despido libre, utilizando como prueba algunas reflexiones ponderadas a cargo de círculos empresariales y de expertos independientes. Frente a ellos, el PSOE esgrime nuevas promesas sin contenido bajo el disfraz retórico de cambiar el modelo productivo. Lo malo es que tanta propaganda no sirve para nada a los que sufren cada día el drama del paro y a los que temen con fundamento perder su empleo en cualquier momento. A estas alturas, los tópicos añejos reflejan que la izquierda es incapaz de aprender de los errores, carece del más elemental sentido de la autocrítica y sólo sabe insistir en una peligrosa dinámica de división social e ideológica. Por lo demás, cabe pensar que los propios promotores del manifiesto tienen que ser conscientes de que una sociedad democrática madura no se deje influir por maniobras interesadas que exclusivamente demuestran el agotamiento de una ideología obsoleta. En plena crisis económica de dimensión universal, es lamentable que algunos pretendan distraer la atención mirando al pasado y ofreciendo medidas que han demostrado ya su ineficacia.

ABC- Editorial